SAP Madrid 991/2008, 3 de Octubre de 2008

PonenteRAMIRO JOSE VENTURA FACI
ECLIES:APM:2008:18712
Número de Recurso279/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución991/2008
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

SENTENCIA

Nº 991 / 2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 17ª

Magistrados:

D. Fernando Orteu Cebrián

Dª Rosa Brovia Varona

D. Ramiro Ventura Faci

En Madrid a 3 de octubre de 2008.

VISTO por esta Sección 17ª de la Audiencia Provincial de Madrid, el presente Recurso de Apelación nº 279/04 contra la Sentencia de fecha 31 de diciembre de 2003, aclarada por autos de 5 de febrero y 12 de febrero de 2004, dictada por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 23 de los de Madrid, en el Juicio Oral de Procedimiento Abreviado nº 287/03, interpuesto por las siguientes partes:

Como partes apelantes de la sentencia:

El Ministerio Fiscal, representado por doña Elena Carrascosa López;

Doña Cristina , asistida por el Abogado don Ricardo Ibáñez Castresana y representada por la Procuradora doña Cayetana de Zulueta Luchsinger;

Doña Mónica , asistida por el Abogado don Luis Rodríguez Ramos y representada por la Procuradora doña Margarita López Jiménez;

Doña Amelia , asistida por el Abogado Francisco Carrera Martín y representada por el Procurador don Domingo Collado Molinero;

Doña Inmaculada y Yolanda , bajo la dirección letrada de don Juan Sebastián Montoro Carrasco representadas por el Procurador don José Antonio Beneit Martínez;

Doña Elvira , doña Olga y doña Antonia , bajo la dirección letrada de doña Cristina Ayala Marín,representadas por el Procurador don Juan Manuel Caloto Carpintero;

Se adhirieron a los recursos de apelación:

Doña Maite , doña María del Pilar , doña Eugenia , doña Silvia , doña Cecilia , doña Milagros , doña Ángela , doña Leticia , don Jesús Carlos , bajo la dirección letrada de doña Alejandra Sanchidrián Rodríguez y representadas por la Procuradora doña Pilar Rodríguez de la Fuente;

La entidad aseguradora, PSN, AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA, defendida por la Abogada

Mª Elisa Peleteiro Gómez y representada por el Procurador don Antonio Ramón Rueda López;

Como partes apeladas:

Doña Diana , asistida del Abogado don Miguel Ángel Juaranz Saavedra y representada por la Procuradora doña Ana Alberti Berriatua;

Doña Remedios , asistida del Abogado don Miguel Gómez de Liaño y representada por el Procurador don Juan Manuel Cortina Fitera;

Doña Constanza , asistida del Abogado don Julián Aguilar Almansa, representada por el Procurador don Justo Alberto Requero Calvo;

Doña Rosa y doña Luisa , asistidas por el Abogado don Manuel José Liso Oliva y representadas por el Procurador don Pedro Pérez Medina;

La entidad aseguradora LA ESTRELLA, bajo la dirección letrada de don Felipe de Domesteve Velázquez Gaztelu, representada por la Procuradora doña María Isabel Campillo García;

Ha sido Ponente el Magistrado Sr. Ramiro Ventura Faci, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 23 de los de Madrid, en el procedimiento que más arriba se indica, se dictó sentencia, de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil tres que contiene los siguientes

HECHOS PROBADOS:

La acusada Cristina mayor de edad y sin antecedentes penales, es médico general y tiene su consulta en la calle Francisco Gervás número 12 de esta capital donde atendió a distintos pacientes con un tratamiento de obesidad. Una vez reconocidos se enviaba por fax un documento que contenía la composición de los medicamentos prescritos a sus pacientes a la farmacia que se encuentra en la calle Príncipe de Vergara número 27 de Madrid, cuyo titular es la acusada Mónica , mayor de edad y sin antecedentes penales. En la farmacia se elaboraban como formulas magistrales los medicamentos y se enviaban, en casi todos los casos, al domicilio de las pacientes. Para la elaboración de las fórmulas magistrales las empleadas de la farmacia y acusadas Constanza , Diana , Remedios , Luisa y Rosa , todas mayores de edad y sin antecedentes penales, indistintamente, pesaban, encapsulaban, escribían las etiquetas que colocaban en los frascos contenedores de las cápsulas con medicamentos donde se especificaba su contenido, cualidad y cantidad, que coincide con el expresado documento remitido por fax y anotaban en el libro recetario. Estas operaciones fueron realizadas bajo la dirección, inspección y conocimiento de la farmacéutica titular que tomó vacaciones en el mes de agosto y permaneció en la farmacia hasta entonces teniendo conocimiento del contenido de los documento enviados desde el despacho médico, algunos de los cuales tienen fecha de 23, 24, 25,29 y 30 de julio del año 1997 con composición de 60, 50, 70, 80 mg. de tetraiodotironia. Todas las empleadas son licenciadas en farmacia y para el desarrollo de su función suscribieron un contrato de trabajo en prácticas salvo Luisa que firmó un contrato de trabajo de duración determinada en sustitución por turno de vacaciones de los trabajadores de la oficina de farmacia. Todas las empleadas fueron contratadas en el mes de julio y eran 5 de los 11 empleados de la farmacia.

La doctora no informó a ninguna de sus pacientes sobre el contenido de las cápsulas prescritas, decía que eran hierbas inocuas para la salud. En la mayoría de los casos, el cambio de tratamiento se realizó por teléfono. Casi todas las pacientes recibían las cápsulas en su domicilio, sin entrega de receta, ignorando el contenido y efectos de las mismas en su confianza con la doctora. Todos los medicamentoscausantes de las lesiones de todas las pacientes fueron realizados en la farmacia de Mónica y prescritos por Doña Cristina .

Yolanda mide 1,80 cms. y pesaba 73 Kg. era paciente de la doctora desde el año 1994, quien le cambió el tratamiento a finales del mes de julio de 1997 y el 6 de agosto recibió en el domicilio las nuevas cápsulas de color rojo en cuya etiqueta figuraba 80 mg de tetraiodotironina y contenía 29 miligramos de esta sustancia según informe del Instituto Nacional de Toxicología. Las etiquetas de las cápsulas de color azul recibidas especificaban una composición de 1 miligramo de Bumetamida y las correspondientes a las cápsula amarillas una composición de 45 miligramos de Dimetilpropion y 6.5 miligramos de Clordiazepóxido. Como consecuencia de la ingesta de estos productos en la dosis manifestada por la doctora aparecieron progresivamente como síntomas un intenso nerviosismo, palpitaciones, fatigabilidad extrema, insomnio nocturno y somnolencia diurna, temblor distal, ansia de agua, hiperfagia, cefaleas, caída del cabello y edema enorme en ambos miembros inferiores más acusado en el izquierdo. En el servicio de Endocrinología del Hospital Clínico es diagnosticada y tratada de hipertiroidismo inducido por administración de hormonas tiroideas. Posteriormente, explorada por especialista en Angiología y Cirugía Vascular se diagnóstica una dilatación aneurismática de la arteria iliaca común izquierda que persiste un tiempo y se normaliza en posteriores controles. Estos controles y sobre todo los de la función tiroidea han estado realizándose hasta enero de 1999 ya que la normalización de la función tiroidea ha sido muy lenta. Sufrió una intoxicación por ingestión de cápsulas como fórmula magistral que contenía hormonas tiroideas en dosis manifiestamente tóxicas y que le han producido un cuadro de hipertiroidismo y posteriormente un hipotiroidismo reaccional. Tardó en curar 515 días de los cuales 60 ha estado incapacitada para sus ocupaciones habituales. Necesitó asistencia facultativa consistente en el tratamiento del trastorno tiroides producido y controles posteriores por los servicios de endocrinología y asistencia en el servicio de Angiología y Cirugía Vascular para el tratamiento y control de la dilatación aneurismática de la arteria iliaca que fue la causa del edema del miembro inferior izquierdo. Posteriormente ha necesitado rehabilitación para los trastornos musculares derivado de la miopatía tiroidea. Han quedado como secuelas una disfunción tiroidea que puede conducir tanto a un estado de hiper como de hipotiroidismo y que en todo caso necesita de controles periódicos de forma indefinida, se la ha detectado un nódulo en la glándula tiroides que podrá necesitar en un futuro de su extirpación quirúrgica con consecuencias imprevisibles en cuanto al funcionamiento del tiroides.

Inmaculada que mide 1.65 cm. y pesaba 76 Kg. era paciente desde el año 1994, la doctora modificó su tratamiento a finales de julio del año 1997, recibió las nuevas cápsulas la segunda semana del mes de agosto. El tratamiento consistía en el ingesta diaria de dos cápsulas de color rojo, dos amarillas, dos azules y una transparente, cuyo contenido fue analizado por el Instituto Anatómico Forense ofreciendo como resultado 14 miligramos de tetraiodotironia en las rojas y en las amarillas 20 miligramos de Anfepramona y 15 miligramos de Clordiacepóxido. En los documentos para la elaboración de los medicamentos enviados desde la consulta médica a la farmacia referentes a esta paciente constan como contenido, entre otras sustancias, en uno 80 mg., en otro 70 mg. ambos d3e tetraiodotironia en las cápsulas rojas y en un tercero un miligramo de Bumetanida en las cápsulas azules. Inmaculada tomó las nuevas cápsulas el 13 de agosto de 1997. Días después comenzó a padecer un cuadro de afasia, agitación psicomotriz, fiebre y desorientación temporoespacial que le obligo a ir de urgencias al Hospital Clínico, siendo vista en un principio por el servicio de Neurología dad la estirpe neurológica de los síntomas. A los dos días empeoró el cuadro que devino en coma por lo que fue trasladada a la U.C.I. Tras análisis se diagnóstico crisis tirotóxica de origen exógeno. El tiempo que estuvo en coma fue controlada tanto por el personal médico de Neurología, Endocrinología y Urología ya que también desarrolló una infección urinaria. Tras una evolución favorable del coma es trasladada al servicio de Endocrinología, donde es...

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