SAP Asturias 230/2004, 9 de Junio de 2004
Ponente | JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA |
ECLI | ES:APO:2004:2110 |
Número de Recurso | 175/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 230/2004 |
Fecha de Resolución | 9 de Junio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚMERO 230/04
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000175 /2004
Iltmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Antonio Seijas Quintana
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
D. Rafael Martín del Peso
En Oviedo a, nueve de Junio de dos mil cuatro.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 271/2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.4 de OVIEDO, Rollo 175/2004, entre partes, como Apelante/s DIRECCION000 DE OVIEDO representado por el procurador de los tribunales Dª. MARIA DE LOS ANGELES FEITO BERDASCO, y bajo la dirección letrada de D. GUSTAVO CESAR ALIJA SANTOS, y como Apelado/s Dª. Elvira representado por el procurador de los Tribunales D. JOSE MANUEL TAHOCES BLANCO, y bajo la dirección letrada de D. JESUS DIEZ FERNANDEZ.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado 4 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha diez de diciembre de dos mil tres cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de la parte actora Doña Elvira contra la demandada Comunidad de Propietarios del Inmueble sito en el nº 2 de la calle Comandante Bruzo (Oviedo), debo acordar y acuerdo dejar sin efecto el acuerdo comunitario adoptado en la Junta celebrada el día 16 de enero 2003 por el que se acordó rechazar el pago de los gastos comunitarios en función de la cuota de participación de cada inmueble, todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Dictándose Providencia con señalamiento para el dia ocho de junio de dos mil cuatro, quedando los autos tras la votación y fallo para sentencia.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Seijas Quintana.
Se alza el recurso de apelación contra la sentencia que declara la nulidad del acuerdo alcanzado en Junta de Propietarios de la Comunidad demandada en fecha 16 de enero de 2003 por el que se convino rechazar el pago de los gastos comunitarios en función de la cuota de participación de cada inmueble, desestimando el argumento de oposición formulado por la Comunidad en el sentido de que el acuerdo cuestionado no es sino reiteración de otro ya adoptado en Junta de fecha 16 de Enero de 1989, reiterado en posteriores Juntas de 4 de Diciembre de 1.989, 15 de Noviembre de 1.990, 17 de Diciembre de
1.991, 13 de Diciembre de 1994, habiendo sido la actora miembro de la Comunidad cuando se celebran las Juntas de 3 de enero de 1.999 y 12 de Enero de 2000.
Sabido es que el sistema de distribución de los gastos generales que, en principio, tiene por base la cuota de participación fijada en el Título que determina y...
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