SAP Valladolid 420/2002, 10 de Diciembre de 2002

PonenteJESUS MANUEL SAEZ COMBA
ECLIES:APVA:2002:1643
Número de Recurso450/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución420/2002
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 420

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

DA MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO

En VALLADOLID, a diez de Diciembre de dos mil dos.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario nº 501/02 del Juzgado de 1ª Instancia núm. Uno de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante apelante "Bella Castilla S.L" con domicilio social en Valladolid, representada por la Procuradora Dª Rebeca Martín Calvo y defendida por el Letrado D. Luis Vaquero Pardo, y como demandada apelada Dª Marí Juana mayor de edad y vecina de Valladolid, representada por la Procuradora Dª Mª Rosario Alonso Zamorano y defendida por la Letrada Dª Belén Martínez de Salinas Alonso; sobre resolución de arrendamiento de vivienda por falta de notificación de subrogación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 29 de Julio de 2.002 , se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Martín Calvo en nombre yrepresentación de Bella Castilla S.L., debo absolver y absuelvo a la demandada doña Marí Juana de las prestaciones contra ella solicitadas, condenando a la actora al abono de las costas procesales."

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la Procuradora Sra. Martín Calvo en representación de la demandante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal, se señaló para deliberación, votación y fallo el pasado día 5 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - La demanda que ha dado lugar a este procedimiento ejercitaba una acción contemplada en el artículo 16 de la vigente legislación arrendaticia urbana en base a considerar que, habiendo fallecido el arrendatario, la esposa del mismo no ha hecho uso, dentro del término de tres meses que...

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