SAP Valladolid 194/1998, 17 de Febrero de 1998

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
Número de Recurso188/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución194/1998
Fecha de Resolución17 de Febrero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid

SENTENCIA Nº 194/98

En la ciudad de Valladolid a diecisiete de febrero de mil novecientos noventa y ocho.

El Ilmo Sr. D. José Antonio San Millán Martín, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal de apelación del juicio de faltas expresado, siendo partes en esta instancia como apelante la Administración del Estado, en representación del Consorcio de Compensación de Seguros y como apelados Doña Juana , defendida por el Letrado Don José María Tejerina Rodríguez y representada por el Procurador Don Cristóbal Pardo Torón, y Multinacional Aseguradora S.A., Seguros y Reaseguros, defendida por el Letrado Don Isidro de Benito Gutiérrez.

P R I M E R O

Antecedentes de hecho

  1. - El Juez de Instrucción nº cinco de Valladolid, con fecha 2 de octubre de l.997 dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:

    Que sobre las 9,00 horas del día 7 de octubre de l.997, el inculpado Alberto , conducía el vehículo de su propiedad marca BMW, matrícula DU-....-D , por la localidad de Laguna de Duero, haciéndolo por la Calle Sol y al llegar a la confluencia con la calle Huertas, sita a la derecha de la dirección del inculpado que tenía preferenia de paso, por existir en la Calle Sol una señal de Stop, como el inculpado, circulara con dificultad por carecer de visibilidad a la derecha y no lo hiciera además con la debida atención a las incidencias del tráfico con referencia a la atención de si venían vehículos por la derecha, continuó la marcha o la reanudo sin cerciorarse de que por la vía preferente circulaba el vehículo Seat 131/1430, NE-....-N , que conducía Marco Antonio con autorización de su propietaria, la hija del conductor Sofía ; que colisionó con el vehículo del inculpado resultando con daños en el vehículo Seat, que no se reclaman por haber sido abonados en virtud de convenios entre compañías, pero resultó con lesiones de ocupante del Seat Juana , de 63 años de edad, de las que precisó tratamiento médico y estuvo impedida para sus ocupaciones habituales 64 días, quedándole como secuela una cervicalgia esporádica que el médico forense valora en 1 punto.

    Se acreditan gastos médicos causados a la lesionada por importe de 50.000 pesetas.El vehículo del inculpado BMW, estaba asegurado con la Cía Multinacional Aseguradora, que planteó controversia frente al Consorcio de Compensación de Seguros, por estimar que el inculpado no pagó la primera prima y carece de cobertura y efecto, oponiéndose el Consorcio de compensación de Seguros.

  2. - La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

    "Que debo condenar y condeno al inculpado Alberto , como responsable en concepto de autor de una falta de imprudencia simple a la pena de 15 días de multa a razón de 1.000 pesetas...

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