SAP Valencia 473/2002, 13 de Julio de 2002

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA
ECLIES:APV:2002:4278
Número de Recurso407/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución473/2002
Fecha de Resolución13 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM: 473/02

Ilustrísimos Sres.:

PRESIDENTE

D. JOSE MARTINEZ FERNANDEZ

MAGISTRADOS

Dª Mª CARMEN ESCRIG ORENGA

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

En la ciudad de Valencia a, trece de julio de dos mil dos.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª CARMEN ESCRIG ORENGA, el presente rollo de apelación número 407/02, dimanante de los autos de Juicio de Cognición, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Picasent, bajo el número 46/99, entre partes; de una, como demandado apelante a MUEBLES ALVI S.A., representado por el Procurador de los Tribunales Dª ELISA PORTILLO ROYO, de otra como demandado apelante a DISTRIBUCIÓN LOGISTICA DEL MUEBLE S.L., representado por el Procurador de los Tribunales D. JOSE LUIS MEDINA GIL, y de otra como demandante apelado a Dª Gonzalo y D. Rubén , representado por el Procurador de los Tribunales D. JORGE CASTELLO NAVARRO, en virtud del recurso de apelación interpuesto por los demandados.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Juez de Primera Instancia número 1 de los de Picasent, en fecha ocho de octubre de dos mil uno, contiene el siguiente FALLO: "Que ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta pro el Procurador Sr. Castello Navarro, en nombre y representación de D. Gonzalo y D. Rubén , DECLARO: .- La extinción en fecha de uno de enero de 2000 del contrato de arrendamiento de local de negocio celebrado el uno de julio de 1983 referente al local de negocio sito en Alcaser, calle DIRECCION000 s/n, propiedad de D. Gonzalo y D. Rubén . - La obligación a la arrendataria Distribución Logistica del Mueble, S.L. a dejar vacuo y libre el local referido en dicho fecha de uno de enero de 2000, y a pasar tanto ella como la mercnatil Muebles Alvi S.A., por el contenido de esta sentencia, apercibiéndoles de lanzamiento si no lo desalojan en el plazo de quince dias desde que se solicite la ejecución.- Se CONDENA en costas a los codemandados Muebles Alvi S.A. y Distribución Logistica de Mueble S.L.- "

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por los demandados MUEBLES ALVI S.A. y DISTRIBUCION LOGISTICA DEL MUEBLE S.L., dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada, con celebración de la Vista correspondiente el día 8 de JULIO de 2002, a cuyo acto asistieron los letrados y lasrepresentaciones de las partes que constan en la diligencia de vista extendida a tal efecto, solicitando se dictara sentencia conforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación procesal de don Gonzalo y don Rubén formuló demanda de juicio de cognición en materia arrendaticia contra Muebles Alvi S.A.: y Distribución Logística del Mueble S.L. solicitando:

Se declare la extinción del contrato de arrendamiento que unía a las partes en un plazo de 5 años a partir de la entrada en vigor de la Ley de Arrendamientos Urbanos, es decir, el 31 de diciembre de 1999.

Se declare la obligación de los demandados de dejar libre vacuo el local arrendado y a disposición de los arrendadores.

Se condene a estar y pasar por el presente pronunciamiento a ambas demandadas, sea quien fuere finalmente la legítima arrendataria.

En consecuencia de lo anterior, se les perciba de lanzamiento para el supuesto de no dejar libre y vacuo el local arrendado en dicha fecha.

Se impongan expresamente las costas judiciales solamente a las demandadas que se opusieren a la presente demanda.

Las dos partes demandadas, de forma separada, se opusieron a la pretensión actora alegando múltiples excepciones y motivos de oposición sobre el fondo de la cuestión suscitada que analizaremos con...

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