SAP Asturias 182/2005, 19 de Mayo de 2005
Ponente | JOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APO:2005:1471 |
Número de Recurso | 82/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 182/2005 |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª |
SENTENCIA
En el recurso de apelación número 82/2005, en autos de Juicio Verbal nº 214/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Pravia , promovido por DON Ricardo , demandante en primera instancia, contra DOÑA Esperanza , demandada en primera instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don José Ignacio Alvarez Sánchez.-I. ANTECEDENTES DE HECHO
Que la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Pravia dictó Sentencia con fecha once de noviembre de dos mil cuatro , cuya parte dispositiva dice así: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, D. Benigno González González, en nombre y representación de D. Ricardo , contra Doña Esperanza . 1) Absuelvo a la precitada demandada de los pedimentos contra ella formulados en el escrito de demanda. 2) Las costas devengadas con el presente procedimiento, se imponen a la parte actora.
Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día diez de Mayo de dos mil cinco.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
En la demanda rectora del procedimiento se postula la condena al demandado a podar y retirar las ramas del pino y cipreses de su propiedad que invaden la finca del actor. Aunque en ese escrito se invoca el art. 592 del Código Civil , que permite a un propietario reclamar al vecino que corte las ramas de los árboles en cuanto se extiendan sobre su propiedad, la pretensión se fundamenta, sobre todo, en elconvenio a que llegaron ambas partes, conforme al cual la demandada se comprometía a cortar las ramas de los árboles de su propiedad que sobrevolaran la finca colindante y el demandante y su esposa permitían que las podadas cayeran sobre su finca y se obligaban a no exigir su retirada a la contraparte.
La Juzgadora de instancia resolvió el litigio en el sentido de que la poda llevada a cabo por la demandada se acomodaba sustancialmente a los compromisos contraídos por ella y que el hecho de que del pino y el ciprés sobresalieran pequeñas ramas no implicaba un incumplimiento de las obligaciones asumidas por la demandada al no suponer una...
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