SAP Asturias 199/1998, 13 de Abril de 1998

PonenteFRANCISCO LUCES GIL
Número de Recurso239/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución199/1998
Fecha de Resolución13 de Abril de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Asturias

SENTENCIA N° 199

ILMOS SRES

PRESIDENTE

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

MAGISTRADOS

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DON FRANCISCO LUCES GIL

En la ciudad de Oviedo, a trece de abril de mil novecientos noventa y ocho.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Menor Cuantía nº 0126/96, procedentes del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA 5 DE OVIEDO , Rollo de Apelación n° 0239/97, entre partes, como demandada y apelante, BUSANTE CASAL, S.

A., representada por el Procurador Don Luis Álvarez Fernández bajo la dirección del Letrado Don Carlos González Rodríguez; y, como demandante y apelado, COMISIÓN LIQUIDADORA DE LA SUSPENSIÓN DE PAGOS DE LA CONSTRUCTORA ASTURIANA, S. A. (C. A. S. A.), representada por el Procurador Don Ignacio López González bajo la dirección del Letrado Don Armando Platero Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

EL Juzgado de PRIMERA INSTANCIA 5 DE OVIEDO dictó Sentencia, en los autos referidos, con fecha veintisiete de enero de mil novecientos noventa y siete , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por Comisión Liquidadora de la Suspensión de Pagos de Constructora Asturiana, contra Busante Casal S. A. debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 10.154.904 pesetas más los intereses legales de cada una de las cantidades señaladas en el último fundamento de ésta resolución desde las fechas ahí indicadas, con la condena de la demandada al pago de las costas.

Contra esta Sentencia podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la demandada se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados, se señaló para la vista del recurso el día siete de abril de mil novecientos noventa y ocho, en cuyo acto la parte apelante solicitó la revocación de la sentencia apelada, y la apelada solicitó la confirmación de dicha sentencia, con costas al apelante.CUARTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. MAGISTRADO DON FRANCISCO LUCES GIL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sala comparte la desestimación de los óbices procesales opuestos por la demandada con base en la propia argumentación jurídica de la sentencia recurrida que, en evitación de innecesarias reiteraciones, se da aquí por reproducida.

El rechazo de la excepción de falta de personalidad o de legitimación de la Comisión Liquidadora accionante, que la entidad mercantil apelante reproduce expresamente en el acto de la vista con adición de nuevos argumentos, está fuera...

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