SAP Asturias 547/2000, 6 de Octubre de 2000
Ponente | MARIA PILAR MURIEL FERNANDEZ-PACHECO |
ECLI | ES:APO:2000:3740 |
Número de Recurso | 876/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 547/2000 |
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª |
SENTENCIA: 00547/2000
Rollo: MENOR CUANTIA 876 /1999
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO
DOÑA MARIA JOSE PUEYO MATEO
DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO
En OVIEDO, a seis de Octubre de dos mil.
VISTOS, en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía n°169/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n° 6 , Rollo de Apelación n° 876/99, entre partes, como apelante y demandante ENTIDAD DE GESTIÓN AGEDI (ASOCIACIÓN DE GESTION DE DERECHOS INTELECTUALES) representada por la procuradora Da Cristina Marcilla Escotet bajo la dirección del Letrado D. Javier Suárez Fernández y como apelada y demandada ASTURCÁNTABRA DE HOSTELERÍA, S.A. representada por la procuradora Dª. Ana Felgueroso Vázquez bajo la dirección del Letrado D. Francisco Julio Sánchez Hernández.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n° 6 dictó Sentencia en los autos referidos con fecha veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y nueve , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por AGEDI contra ASTURCÁNTABRA DE HOSTELERÍA, S.A. Todo ello imponiendo a la parte demandante las costas de esta primera instancia".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la demandante, se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados se señaló para la vista del recurso el día cuatro de octubre de dos mil, en cuyo acto la parte apelante solicitó la revocación de la sentencia, y la apelada no compareció.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO.
Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) interpuso demanda contra Compañía Asturcántabra de Hostelería, S.A., en reclamación de la cantidad de 1.086.995 pesetas, a que asciende la remuneración fijada en el contrato de 30 de marzo de 1.990, por el cual la primera concedía a la segunda la autorización prevista en el art. 109.1 de la Ley de Propiedad Intelectual , para llevar a efecto la ejecución pública de los fonogramas del repertorio de aquélla, durante el período comprendido entre enero de 1.996 a febrero de 1.999, solicitando asimismo la condena de la demandada al pago de la cantidad que se devengue desde febrero de 1.999 hasta la fecha de ejecución de sentencia. La demandada se opuso alegando que denunció el contrato el día 30 de noviembre de...
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