SAP Asturias 547/2000, 6 de Octubre de 2000

PonenteMARIA PILAR MURIEL FERNANDEZ-PACHECO
ECLIES:APO:2000:3740
Número de Recurso876/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución547/2000
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00547/2000

Rollo: MENOR CUANTIA 876 /1999

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSE MARIA ALVAREZ SEIJO

DOÑA MARIA JOSE PUEYO MATEO

DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO

En OVIEDO, a seis de Octubre de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía n°169/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n° 6 , Rollo de Apelación n° 876/99, entre partes, como apelante y demandante ENTIDAD DE GESTIÓN AGEDI (ASOCIACIÓN DE GESTION DE DERECHOS INTELECTUALES) representada por la procuradora Da Cristina Marcilla Escotet bajo la dirección del Letrado D. Javier Suárez Fernández y como apelada y demandada ASTURCÁNTABRA DE HOSTELERÍA, S.A. representada por la procuradora Dª. Ana Felgueroso Vázquez bajo la dirección del Letrado D. Francisco Julio Sánchez Hernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia de Oviedo n° 6 dictó Sentencia en los autos referidos con fecha veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y nueve , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por AGEDI contra ASTURCÁNTABRA DE HOSTELERÍA, S.A. Todo ello imponiendo a la parte demandante las costas de esta primera instancia".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la demandante, se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados se señaló para la vista del recurso el día cuatro de octubre de dos mil, en cuyo acto la parte apelante solicitó la revocación de la sentencia, y la apelada no compareció.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI) interpuso demanda contra Compañía Asturcántabra de Hostelería, S.A., en reclamación de la cantidad de 1.086.995 pesetas, a que asciende la remuneración fijada en el contrato de 30 de marzo de 1.990, por el cual la primera concedía a la segunda la autorización prevista en el art. 109.1 de la Ley de Propiedad Intelectual , para llevar a efecto la ejecución pública de los fonogramas del repertorio de aquélla, durante el período comprendido entre enero de 1.996 a febrero de 1.999, solicitando asimismo la condena de la demandada al pago de la cantidad que se devengue desde febrero de 1.999 hasta la fecha de ejecución de sentencia. La demandada se opuso alegando que denunció el contrato el día 30 de noviembre de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR