SAP Valencia 34/2005, 25 de Enero de 2005

PonenteVICENTE ORTEGA LLORCA
ECLIES:APV:2005:320
Número de Recurso811/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución34/2005
Fecha de Resolución25 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

SENTENCIA nº 34

Ilmo. Sr. Presidente

Don Vicente Ortega Llorca

Ilma. Sra. Magistrada

Doña María Mestre Ramos

Ilmo. Sr. Magistrado

Don José Francisco Lara Romero

En la ciudad de Valencia, a 25 de enero de 2005.

La Sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los señores y la señora del margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la sentencia de fecha 9 de julio del 2004, recaída en autos de juicio verbal nº 430 de 2004, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Valencia , sobre interdicto de recobrar la posesión.

Han sido partes en el recurso, como apelante, los demandados Doña Carmen y D. Diego , representados por el Procurador D. Emilio Sanz Osset y asistido por el Letrado D. Vicente Galotto Ríos, y, como apelado, el demandante D. Juan , representado por el Procurador D. José Joaquín Pastor Abad y asistido por el Letrado D. E. Hernández Barquero.

Es Ponente Don Vicente Ortega Llorca, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada dice:>

SEGUNDO

La parte demandada interpuso recurso de apelación, alegando, en síntesis, que la intervención del Sr. Diego es la de representante de Baulet (documento 1), representación otorgada por Baulet y en concreto por la Sra. Carmen , pero ni es propietario ni podía decidir nada.

No se adjudicó ninguna vivienda al Sr. Juan .

Siendo Baulet la dueña del solar y promotora, el Sr. Juan usurpa funciones de la gerencia e interfiere en el proceso de decisión, asignándose una casa sin contar con Baulet que le había contratado.

No existió trato sobre asignación de vivienda ni sobre compra, cesión o promoción conjunta.

El certificado de fin de obra no existe hasta 26 de junio de 2.003, y contiene un anexo con deficiencias. Y la propiedad aún no dispone de licencia de primera ocupación.

Cierto que el Sr. Juan entró en uno de los departamentos del edificio en construcción y llegó a celebrar con el Arquitecto Técnico y otros amigos la ocupación en el piso en construcción. Pero que tal ocupación se hizo sin conocimiento de Baulet, de la Sra. Carmen o del Sr. Diego , quienes no se enteraron de la ocupación, que se realizó por el Sr. Juan prevaliéndose de sus funciones de Arquitecto, y de la connivencia del constructor. Simultáneamente surgieron discrepancias de Baulet con la constructora que motivaron el cierre de la obra por la constructora e impedimento de acceso a Baulet y el reciproco cambio de cerradura para acceder al edificio Baulet (denuncias recíprocas, sentencia en juicio de faltas, y documentos 7 bis-uno de la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia 20 de Valencia, y testifical de legal representante de la constructora, de D. Fernando y de D. Lucas sobre la solicitud al Sr. Juan por Baulet para que saliese del edificio; y manifestación del Sr. Juan que ya había salido porque así le había asesorado en el Colegio de Arquitectos.

Los testigos Sra. Estefanía y el Sr. Juan sólo saben de los antecedentes de la ocupación lo que les haya comentado el actor. El legal representante de la constructora, el Jefe de obras de ésta, y el Arquitecto Técnico, tienen interés directo en el pleito, y con el Arquitecto, forman frente común contra Baulet.

No procede la protección posesoria por la inexistencia en Baulet de ánimo de despojar de la posesión al actor, pues lo que pretendía era recuperar la posesión de la totalidad del edificio habiendo salido del mismo el Sr. Juan , y por inexistencia en el actor de ius possessionis sobre la cosa a la que afecta la situación de poder. El apoderamiento fue hecho con clandestinidad, contrario a la protección del art. 444 del Código Civil.

Pidió sentencia por la que revocando la del Juzgado, se estime el recurso.

TERCERO

La defensa del demandante presentó escrito de oposición al recurso y solicitó la confirmación de la sentencia.

CUARTO

Recibidos los autos por este Tribunal, se señaló para deliberación y votación el día 24 de enero de 2005, en el que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución impugnada, sólo en cuanto no se opongan a los de ésta.

PRIMERO

Las pruebas relevantes son la documental aportada, y las siguientes:

·Interrogatorio del demandado, el demandante estuvo en la casa, pero cuando se le dijo que se fuera se fue, y dijo que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
6 sentencias
  • SAP Madrid 140/2009, 31 de Marzo de 2009
    • España
    • 31 Marzo 2009
    ...Enjuiciamiento civil, en relación al artículo 460.4º del Código civil ". En similar sentido razona la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, sección 6ª, de 25 de enero de 2005 : "Sustentados en el principio "spoliatus ante omnia restituendus", los tradicionalmente denominados int......
  • SAP Madrid 550/2009, 20 de Octubre de 2009
    • España
    • 20 Octubre 2009
    ...Enjuiciamiento civil, en relación al artículo 460.4º del Código civil ". En similar sentido razona la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, sección 6ª, de 25 de enero de 2005 : "Sustentados en el principio "spoliatus ante omnia restituendus", los tradicionalmente denominados int......
  • SJPII nº 6 10/2020, 20 de Enero de 2020, de Ceuta
    • España
    • 20 Enero 2020
    ...". En este mismo orden de ideas, si bien en relación a las acciones para retener y recobrar la posesión, la SAP de Valencia (Sección 6ª) de 25 de enero de 2005, f.j. 2º pone de relieve que " los tradicionalmente denominados interdictos de retener o recobrar la posesión son def‌inidos por la......
  • SAP Madrid 74/2009, 3 de Marzo de 2009
    • España
    • 3 Marzo 2009
    ...Enjuiciamiento civil, en relación al artículo 460.4º del Código civil ". En similar sentido razona la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, sección 6ª, de 25 de enero de 2005 : "Sustentados en el principio "spoliatus ante omnia restituendus", los tradicionalmente denominados int......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR