SAP Valencia 381/2004, 5 de Julio de 2004
Ponente | JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO |
ECLI | ES:APV:2004:3209 |
Número de Recurso | 503/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 381/2004 |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº: 381
SECCION SEPTIMA:
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidente,
Dª Mª Carmen Escrig Orenga.
Magistrados:
D. José Antonio Lahoz Rodrigo.
Dª María Ibañez Solaz.
En la Ciudad de Valencia a cinco de julio de dos mil cuatro.
Vistos ante la Sección Séptima de la Iltma.Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número diez de los de Valencia , entre partes, de una como demandante-apelado El Corte Ingles S.A, dirigido por el Letrado Doña Noemi Villamar Ros y representado por el Procurador Doña Lorena Layana Daza, y de otra como demandado-apelante Don Alonso representado por la Procurador Doña María José Vaño Bonet .
Es Ponente el Iltmo.Sr.Magistrado DON José Antonio Lahoz Rodrigo .
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En dichos autos y con fecha 25 de Marzo de 2004, por el Juzgado de Primera Instancia número diez de los de Valencia se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:"FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra.Layana Daza, en nombre y representación de la mercantil El Corte Ingles S.A, contra Alonso , debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de 6.627,60 € más los intereses legales desde la interpelación judicial y las costas devengadas en esta instancia" .
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Notificada dicha Sentencia a las partes, por el demandado se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a ésta Audiencia, repartiéndose la apelación a la Sección Séptima, formándose el oportuno Rollo y turnándose de Ponencia, y señalándose para VOTACION Y FALLO , el día 30 de Junio de 2004 .
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En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales, desde su interposición ante el Juzgado de instancia.
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- El recurso de apelación, interpuesto por la representación procesal del demandado contra la sentencia de instancia, impugna la misma al considerar que no se valora en debida forma la prueba practicada, no se motiva suficientemente la sentencia y se infringe, en definitiva, el articulo 11 de la Ley de Venta de Bienes Muebles a Plazos de 13 de julio de 1998 , por lo que interesa su revocación y, por el contrario, se dicte nueva sentencia que le absuelva o, subsidiariamente, se reduzca el importe de las mensualidades a abonar atendiendo a sus ingresos.
Entrando en el enjuiciamiento de los distintos motivos de apelación se analizarán por separado, siguiendo el orden expositivo del escrito de interposición. Así:
A.- Alega el apelante, tras reconocer la compra del aparato de música que motivó el primer contrato de formula personal de pago de 15 de noviembre de 1999, que por la imposibilidad real de pagar los...
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