SAP Zaragoza 718/2002, 11 de Diciembre de 2002

PonentePEDRO ANTONIO PEREZ GARCIA
ECLIES:APZ:2002:2841
Número de Recurso258/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución718/2002
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 718 / 2002

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE:

DON PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

MAGISTRADOS:

DON ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

DON JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ

En Zaragoza, a once de diciembre de dos mil dos.

En nombre de S. M. El Rey, y

Visto por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, el incidente promovido por impugnación de la tasación de costas practicada en el ROLLO DE APELACIÓN que con el número 258 de 2001, se sigue en esta Sala dimanante de la apelación de autos de juicio de menor cuantía que con el nº 558/00 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia nº QUINCE de los de Zaragoza, a instancia de DOÑA Cristina y DON Narciso , representados por la procuradora Dª Lucía y dirigidos por el letrado D. Carlos Urraca Caviedes, contra JUNTA DE COMPENSACION DEL SECTOR 56/2 "PARQUE VISTABELLA" representada por el procurador D. Marcial José Bibian Fierro y dirigido por el letrado D. José Luis Pérez López, siendo Ponente en este incidente el Ilmo. Sr. Don PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia de primera instancia fue interpuesto recurso de apelación por los codemandantes.

SEGUNDO

Substanciada la apelación por los trámites legales se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 19 de noviembre de 2001, dictándose Auto en fecha 9 de enero de 2002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Doña Cristina y Don Narciso , contra el Auto dictado en fecha de 15 de Febrero de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia Número Quince de Zaragoza, confirmamos dicha resolución, condenándose a la parte apelante al pago de las costas originadas en esta alzada".

TERCERO

Por el Procurador Sr. Bibian Fierro se presentó escrito solicitando se practicase Tasación de Costas.

CUARTO

Por el Sr. Secretario se practicó Tasación de Costas, cuyo total importó s.e.ú.o la cantidad

10.574,44 €. De la cual se dio vista por diez días a ambas partes. La Procuradora Sra. Lucía presentó escrito impugnando la misma, por entender que no habían sido incluidos correctamente los derechos deprocurador. Por esta Sala se tuvo por impugnada la Tasación de Costas, señalándose el día 25 de noviembre de 2002, para celebración de vista regulada en el artículo 246.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Al acto de la misma, que fue grabada en cinta de vídeo, compareció por la parte impugnante la Procuradora Sr. Artero Fernando, en sustitución de la Procuradora Sra. Lucía y el Letrado Sr. Urraca Piñeiro, y por la parte impugnada el Procurador Sr. Bibian Fierro y el Letrado Sr. Pérez López. La parte impugnante alegó lo que a su derecho convino y pidió el recibimiento del pleito a prueba consistente en prueba documental, que fue admitida por la Sala y por la parte impugnada se pide el interrogatorio de la contraparte, que es denegada por la Sala.

QUINTO

En el presente incidente se han observado las prescripciones legales oportunas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Sr. Letrado de la parte condenada al pago de las costas, en su extensísimo escrito de impugnación de las practicadas, insiste en un punto, ya acogido por él en otros temas análogos, como es el de que "El litigante vencedor debe haber realizado previamente el desembolso que le permita reclamar el reembolso correspondiente. Por ello debió de haber aportado, junto con la solicitud de...

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