SAP Sevilla 403/1999, 28 de Mayo de 1999

PonentePEDRO IZQUIERDO MARTIN
Número de Recurso3432/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución403/1999
Fecha de Resolución28 de Mayo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla

SENTENCIA N°403/99

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

Sección Primera

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

MIGUEL CARMONA RUANO

MAGISTRADOS:

JULIO MÁRQUEZ DE PRADO PÉREZ

PEDRO IZQUIERDO MARTÍN

Penal Sevilla n°7

APELACIÓN ROLLO NÚM. 3432/1999

P.ABREVIADO NÚM. 108/1999

En la ciudad de SEVILLA a veintiocho de Mayo de mil novecientos noventa y nueve.

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado, cuyo recurso interpuesto por la representación de Luis Pedro . Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Magistrado Juez de lo Penal del Penal Sevilla n°7, dictó sentencia el día 12 de Abril de 1.999 en la causa de referencia en la que se condena a Luis Pedro como autor responsable de un delito de atentado a agente de la autoridad previsto en el artículo 550 y 551 del CP , a la pena de 2 años de prisión apreciándole la agravante de reincidencia y como autor responsable de una falta de lesiones del art. 617.1 del CP a la pena de 3 arresto de fines de semana e indemnice al agente de a P.N. NUM001 en la cantidad de diez mil pesetas cantidad que devengará el interés legal del Banco de España incrementados en dos puntos conforme al art. 921,4 de la LEC . Todo ello con el pago de las costas procesales.

En dicha sentencia se declaran probados los siguientes hechos:

"El día 29 de octubre de 1.998 los funcionarios de Policía Nacional con carnet profesional n° NUM000 y NUM001 destinados en la unidad de radio patrulla Z-41 advirtiendo en la Barriada de Torreblanca la presencia del acusado Luis Pedro sobre quien pesaba una reclamación judicial;el acusado al advertir lapresencia policial se dio a la fuga al constarle que le estaban buscando por requisitorias de un Juzgado siendo localizdo instantes más tarde cuando viajaba de acompañante a bordo de un ciclomotor consiguiendo esta vez los agentes de Policía a dar alcance al acusado en el coche policial y al ir desde éste vehículo cuando estaba parado el ciclomotor el agente NUM001 al intentar sujetarlo con su mano no pudo llevarlo a efecto ni tocarle al lanzarle el acusado una patada desde el ciclomotor a la mano derecha del funcionario dándose a la fuga a pie el acusado consiguiendo meterse en la vivienda de un familiar suyo y saltar a través de su azotea.

La patada que el acusado propinó al agente en la mano le produjo una contusión que sanó tras ocho días de proceso curativo tras primera asistencia facultativa persistiendo un pequeño nódulo doloroso en flexión interfalángica del borde radial del pulgar que no se considera secuela.

El acusado es mayor de edad y ha sido ejecutoriamente condenado entre otras por sentencia firme de 11-3-97 del Juzgado de lo Penal n° 10 de Sevilla por un delito de atentado a la pena de 1 mes y 1 día de arresto mayor."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por la representación de Luis Pedro y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día 27 de Mayo de 1.999 para la votación y fallo quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado D.PEDRO IZQUIERDO MARTÍN, quien expresa el parecer del Tribunal.

-HECHOS PROBADOS-No se aceptan los de la sentencia recurrida en lo que se opongan a los que a continuación se exponen:

Apreciando en conciencia la prueba practicada expresa y terminantemente declaramos probado que el día 29 de octubre de 1998, siendo aproximadamente las diecisiete horas, los Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía con carnet profesional números NUM000 y NUM001 , destinados en la unidad de radio patrulla Z-41, localizaron en la Barriada de Torreblanca a Luis Pedro , mayor de edad, ejecutoriamente condenado por un delito de atentado por sentencia firme de fecha 11-3-97 a la pena de un mes y un día de arresto mayor, dándose el mismo a la fuga al advertir su presencia dado que sabia que tenia vigente una reclamación judicial. Instantes después fue de nuevo localizado cuando viajaba de acompañante en un ciclomotor consiguiendo esta vez los agentes de Policía dar alcance al acusado en el coche policial, tratando de sujetarlo el Funcionario número NUM001 por una pierna, sin lograrlo ante la actitud violenta de aquel, sufriendo el funcionario número NUM001 una contusión en la mano derecha de la que preciso...

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