SAP Cantabria 529/2006, 12 de Julio de 2006
Ponente | MARIA JOSE ARROYO GARCIA |
ECLI | ES:APS:2006:1221 |
Número de Recurso | 406/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 529/2006 |
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM. 529/06
Ilma. Sra. Presidente
Doña María José Arroyo García
Ilmos. Srs. Magistrados
Don Joaquín Tafur López de Lemus
Doña Milagros Martinez Rionda
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En la Ciudad de Santander, a doce de julio de dos mil seis.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio VERBAL 395/05 , Rollo de Sala núm. 406/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Medio Cudeyo.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Luis Alberto , representado por la Procuradora Sra. Bajo Fuente , y defendido por el Letrado Sr. Monteoliva Robles ; y parte apelada la entidad " EUROMUTUA" , representada por la Procuradora Sra. Moreno , y defendido por el Letrado Sr. De las Cuevas Briones.
Es ponente de ésta resolución la Ilma. Sra. Dª María José Arroyo García.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Medio Cudeyo , y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 18 de enero de 2006, Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador Sr. González Estefani Sánchez en nombre y representación de EUROMUTUA, CONDENO al demandadoLuis Alberto a abonar a la actora la suma de 2005,38 euros, más intereses legales desde la fecha de interpelación judicial, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la representación legal de D. Luis Alberto se interpone recurso de Apelación contra la sentencia de instancia alegando como primer motivo del recurso infracción del art. 3 y 22 de la Ley de Contrato de Seguro y del art. 10.1c.8 de la Ley 26/1984 de 19 julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
La parte actora ejercita acción de reclamación de cantidad, reclamando el pago de la prima correspondiente al periodo de cobertura 25 junio de 2005 al 25 junio 2006. El demandado se opone a dicho pago alegando que nunca firmó la póliza de seguro y, por tanto, no aceptó las prórrogas anuales y en segundo lugar que comunicó verbalmente, antes del vencimiento de junio de 2005, al agente de seguros su voluntad de no continuar con el seguro.
El propio demandado reconoce que la póliza aportada con la demanda, cuya firma niega, cubría la responsabilidad civil obligatoria y voluntaria del vehículo de su propiedad matrícula .... YML , ni alega ni prueba que, cuando menos, la responsabilidad civil obligatoria de dicho vehículo, desde junio de 2003 estuviese concertada con...
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