SAP Segovia 47/2000, 26 de Mayo de 2000
Ponente | MARIA JOSE VILLALAIN RUIZ |
ECLI | ES:APSG:2000:240 |
Número de Recurso | 46/2000 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 47/2000 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 47/2000
ROLLO DE APELACION Nº 46/2000
En la Ciudad de Segovia, a veintiséis de Mayo de dos mil.
La Ilma. Sra. Doña María José Villalaín Ruíz, Magistrada de la Audiencia Provincial de Segovia, ha visto en grado de apelación, los autos de Juicio de Faltas nº 44/99, procedentes del Juzgado de Instrucción de Sepúlveda, seguido por desobediencia a la autoridad, en el que aparece como apelante Victoria , representado y defendido por la Letrada Sra. Useros Esteban, a efecto de oir notificaciones, y como apelados Roberto , representado y defendido por el Letrado Sr. Municio González, a efecto de notificaciones, y EL MINISTERIO FISCAL.
El Juzgado de Instrucción de Sepúlveda, con fecha uno de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve, dictó Sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso cuyo supuesto de HECHO PROBADO dice así: " Se consideran hechos probados que el día 23 de diciembre de 1.998 cuando fue D. Roberto a por sus hijos en cumplimiento del régimen de visitas judicialmente impuesto en el momento de la separación los menores no le fueron entregados."
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así: "FALLO: Que debo CONDENAR Y CONDENO; a Dña. Victoria a la pena de veinte días de multa a razón de dos mil pesetas diarias (2000), como autora de una falta de desobediencia a la autoridad del 634 del C.P., que deberá abonar dentro de los quince días a partir de la firmeza de esta resolución, con responsabilidad personal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas conforme establece el artículo 53 del C.P.".
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Victoria , habiéndose tenido por interpuesto, y dándose traslado del mismo a las otras partes y al Ministerio Fiscal, para evacuar el trámite conferido para alegaciones, quienes al hacerlo, impugnaron el citado recurso, tras lo cual se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, y formado Rollo, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para dictarla resolución procedente, habiéndose observado en esta segunda instancia las prescripciones legales de procedimiento.
HECHOS PROBADOS
El día 23 de diciembre de 1998 ,sobre las 17.30 horas se presentó Roberto en el domicilio familiar sitoen Maderuelo, Segovia, a fin de recoger...
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SAP Murcia 116/2001, 11 de Junio de 2001
...no pudiendo hablarse de desobediencia de la denunciada cuando la misma no ha sido objeto de requerimiento expreso alguno (S. A.P. Segovia 26.mayo.00 y S. A.P. Sevilla 19.mayo.00 -en relación con la falta de tipificación, por referencia al artículo 622 Código Penal-), y en definitiva con ind......