SAP Sevilla 492/2005, 25 de Noviembre de 2005
Ponente | ANDRES PALACIOS MARTINEZ |
ECLI | ES:APSE:2005:3256 |
Número de Recurso | 6009/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 492/2005 |
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚM. 492
PRESIDENTE ILTMO. SR.
DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO
ILTMOS SRES. MAGISTRADOS
DON CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ
DON ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
En la Ciudad de Sevilla a, Veinticinco de Noviembre del dos mil cinco.
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio Verbal sobre reclamación de cantidad , procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Juan Pablo , representado por el Procurador Sr. Onorato Ordoñez, que en el recurso es parte apelada, contra D. Emilio Y la entidad MAPFRE SEGUROS, representados por el Procurador Sr. Escudero García que en el recurso son partes Apelantes.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 5 de mayo de 2.005 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que ESTIMO la demanda formulada por D. Juan Pablo y condeno a D. Emilio y la entidad aseguradora MAPFRE SEGUROS a que abonen solidariamente al actor la cantidad de 1.310,19 euros sin intereses ni recargos. Más las costas."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo, quedó el recurso visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ.
Contra la sentencia dictada por el Juez de instancia, estimatoria de la demanda interpuesta, se alza la respresentación procesal del codemandado Sr. Emilio en base a una errónea valoración o apreciación de la prueba practicada, interesando su revocación y con desestimación de la demanda se absolviese al mismo de la pretensión actora derivada del accidente de circulación objeto de esta litis.
Sobre la base del motivo de impugnación articulado en el escrito de interposición del recurso y en lo que respecta al fondo de la cuestión debatida, hemos de partir de la base, que al tratarse en el caso de autos, de una reclamación por daños materiales con motivo de la circulación de vehículos de motor, el conductor responderá frente a terceros o la entidad aseguradora conforme al art. 76 de la Ley de Contrato de...
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AAP Baleares 100/2011, 7 de Septiembre de 2011
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