SAP Pontevedra 123/2008, 13 de Marzo de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS
ECLIES:APPO:2008:665
Número de Recurso642/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución123/2008
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA Nº: 123/2008

En PONTEVEDRA, a trece de Marzo de dos mil ocho

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 617/2006, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Cambados (Rollo de Sala número 642/2007) en el que son partes como apelante: DISMARGA, S.L., que se personó en esta instancia representada por la procuradora Dª Mª del Amor Angulo Gascón; y como apelado: DELICIAS CORUÑA, S.L., que se personó en esta instancia representado por el procurador D. Pedro Sanjuán Fernández, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 28 de junio de 2007, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice:" Que estimando integramente la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Otero Abella en representación de Delicias Coruña, S.L. debo condenar y condeno a Dismarga S.L. representada por el Procurador Sr. Santos Conde, al pago de la cantidad de catorce mil novecientos sesenta y seis euros con setenta y un céntimos de euro (14.966,71 euros). Las costas se imponen a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de Dismarga, S.L., recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por la representación de Delicias Coruña, S.L..

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 22 de noviembre de 2007, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna la resolución de la instancia por la representación de la parte demandada insistiéndose en sus argumentos de oposición que entiende avalados por la prueba practicada, alegato éste que implica la sustanciación de su discrepancia por la vía del error en...

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