SAP Pontevedra 199/2008, 23 de Abril de 2008
Ponente | FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS |
ECLI | ES:APPO:2008:1066 |
Número de Recurso | 12/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 199/2008 |
Fecha de Resolución | 23 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº: 199/2008
En PONTEVEDRA, a veintitrés de Abril de dos mil ocho
Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 427/2007, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Villagarcía de Arosa (Rollo de Sala número 12/2008) en el que son partes como apelante: D. Luis María, que se personó en esta instancia representado por el procurador D. Carlos Vila Crespo; y como apelada: Dª Amanda, que se personó en esta instancia representada por el procurador D. Pedro Sanjuán Fernández, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.
Con fecha 23 de octubre de 2007, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Estimar la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Nartallo Méndez, en nombre y representación de Dña. Amanda y en consecuencia, debo condenar y condeno a D. Luis María, representado por la procuradora Sra. García Romarís, a que pague al demandante la cantidad de 870'22 euros que devengará más los intereses legales correspondientes desde la fecha de presentación de la presente demanda (20-07-2007) y hasta su completo pago. Procede imponer las costas causadas a la parte demandada".
Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de D. Luis María, recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por la representación de Dª Amanda.
Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 14 de enero de 2008, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración devista.
En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.
Se impugna la resolución de la instancia por la representación del demandado en dos apartados concretos, por la no apreciación de la excepción de falta de legitimación pasiva aducida en su día, entendiéndose que el demandado no es responsable en cuanto no concurre culpa por su parte al haber actuado en la convicción...
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