SAP Salamanca 117/2002, 4 de Marzo de 2002

PonenteILDEFONSO GARCIA DEL POZO
ECLIES:APSA:2002:177
Número de Recurso100/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución117/2002
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO 117/02

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. FERNANDO NIETO NAFRIA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

D. FERNANDO CARBAJO CASCON

En Salamanca, a cuatro de marzo de dos mil dos.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el Juicio de Verbal Civil n° 424/01, del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Salamanca, Rollo de Sala núm. 100/02, han sido partes en este recurso: como demandante-apelado: D. Eusebio , representado por la Procuradora Dª Nuria Martín Rivas, bajo la dirección del Letrado D. Ramón Arenas Rodríguez; y como demandados-apelantes AEGON UNION ASEGURADORA y D. Augusto , representado por el Procurador D. Rafael Cuevas Castaño, bajo la dirección del Letrado D. Eduardo Calvo Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El día tres de diciembre de dos mil uno, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Salamanca, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Martín Rivas, en nombre y representación de D. Eusebio , debo condenar y condeno a los demandados D. Augusto y a la entidad Aegon Unión Aseguradora S.A., a que solidariamente satisfagan al actor la cantidad de 250.889 ptas. (DOSCIENTAS CINCUENTA MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y NUEVE PTS), mas los intereses legales devengados por la misma desde la fecha de la interpelación judicial hasta su total pago, excepción hecha de la entidad aseguradora demandada que, en cuestión de intereses, es condenada a satisfacer el interés legal del dinero incrementado en un cincuenta por ciento desde la fecha del accidente, 25-4-2001, hasta su total pago, es decir, a los intereses del articulo 20 de la Ley de contrato y de Seguro y a ambos al pago de las costas procesales, que expresamente se les imponen en esta resolución."

Segundo

Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de las parte demandada, que fue formulado en tiempo y forma por dicha representación quien después de hacer las alegaciones que estimo oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando se revoque la sentencia recurrida y se estime el recurso de apelación interpuesto por dicha parte, dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presento escrito de oposición para terminar suplicando se desestime el recurso de apelación interpuesto, confirmando la resolución recurrida, condenando expresamente a la recurrente en las costas procesales.

Tercero

Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno rollo señalándose para la votación y Fallo del recurso el día veintiséis de febrero de dos mil dos, pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar sentencia.Cuarto.- Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ILDEFONSO GARCIA DEL POZO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la representación procesal de los demandados Don Augusto y "Aegón, Unión Aseguradora" se recurre en apelación la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número...

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