SAP Santa Cruz de Tenerife 810/2000, 8 de Septiembre de 2000

PonenteCASIMIRO ALVAREZ ALVAREZ
ECLIES:APTF:2000:2118
Número de Recurso211/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución810/2000
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA NUMERO: 810

Ilmos. Sres.

Presidente

D. Casimiro Alvarez Alvarez

Magistrados

D. Oscar Torres Berriel

D. Aurelio Santana Rodriguez

En Santa Cruz de Tenerife, a ocho de septiembre del año dos mil.

Visto, en nombre de S. M. el Rey, ante esta Audiencia Provincial, el Rollo de Apelación número 211/2.000, de la Causa número 455/98, seguida por los trámites de Procedimiento Abreviado, en el Juzgado de lo Penal numero Tres de Santa Cruz de Tenerife , habiendo sido partes, de una y como apelante Jesús Carlos , representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Isabel Ezquerra y defendido por el Letrado

D. Marcos Tavio y como apelados el Ministerio Fiscal y Estefanía , representada por el Procurador de los Tribunales Dña. María Eugenia García con la asistencia letrada Dña. Amada Pérez, ejercitando la acción pública el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Casimiro Alvarez Alvarez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juez de Instancia, con fecha 17 de abril del año 2.000 se dictó sentencia , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Jesús Carlos como autor responsable de un delito consumado de abandono de familia del artículo 227.1º del Código Penal concurriendo la circunstancia modificativa prevista en el artículo 22.8 a la pena de arresto de veinte fines de semana y al pago de las costas incluyendo las de la acusación particular debiendo indemnizar a Estefanía en la cantidad de 8.698.601 pesetas más los intereses legales del artículo 921 de la L.E.C .". Cuya sentencia declara probados los hechos siguientes: "Que el Juzgado de Primera Instancia número 5 de esta Capital dictó sentencia el 27 de abril de 1.990 , recaida en causa de separación del matrimonio contraido entre Estefanía y el acusado Jesús Carlos , mayor de edad, ejecutoriamente condenado por un delito de abandono de familia por sentencia de 10 de febrero de 1.995 de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y por un delito continuado de abandono de familia por sentencia firme de 3 de julio de 1.997 del Juzgado de lo Penal número 2 de esta Capital . Abandonada la apelación interpuesta contra la anterior sentencia deseparación matrimonial los entonces cónyuges presentaron a dicho Juzgado civil el documento transaccional y extrajudicial suscrito por ambos de mutuo acuerdo el 12 de junio de 1.991 ante el Notario D. José Manuel García Leis, siendo aprobado como convenio regulador por auto del mismo Juzgado de 2 de junio de 1.992 que confirma aquella sentencia con las medidas previstas en el convenio antedicho. En cuanto al caso interesa el pacto 4° del convenio regulador aprobado judicialmente impone...

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