SAP Santa Cruz de Tenerife 931/2004, 16 de Julio de 2004

PonenteFRANCISCA SORIANO VELA
ECLIES:APTF:2004:1637
Número de Recurso329/2004
Número de Resolución931/2004
Fecha de Resolución16 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA nº 931

En Santa Cruz de Tenerife , a 16 de julio de 2004 .

Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. el Rey, por el Iltmo. Sr. Dña. Francisca Soriano Vela de la Audiencia Provincial Sección Segunda , el JUICIO DE FALTAS nº 0000195/2003 ; y habiendo sido partes, de la una y como apelante D. Darío , y ejercitando la acción pública el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 (ANTIGUO MIXTO Nº 2) de LA LAGUNA , resolviendo en el referido JUICIO DE FALTAS , con fecha 3 de se ptiembre de 2003 , dicta sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno a Darío , como responsable en concepto de autor de una falta de vejaciones injustas, prevista y penada en el art. 620.2º del Código Penal , a la pena de veinte días multa a razón de veinte euros diarios, lo que totaliza la suma de 400 euros (CUATROCIENTOS EUROS), y al abono de las costas procesales.

Asimismo debo absolver y absuelvo a Pedro Francisco , de los hechos que se le imputaban al concurrir la eximente completa del art. 20.1 del Código Penal .

En caso de impago, quedará sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de arresto de fin de semana ".

SEGUNDO

Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos: " El pasado día siete de marzo, se encontraba la menor Estefanía , de 17 años, en su domicilio, cuando entró en su casa un vecino suyo Darío , ya que un hermano de aquella dejó la puerta de acceso abierta; que el denunciado se dirigió al cuarto de baño donde estaba Estefanía bañándose, intentando éste entablar una conversación con ella; que en un momento determinado Darío abrió la cortina y le pidió que le diera un besito siendo rechazado por la misma diciéndole que se fuera, optando por marcharse del lugar. Que la menor Estefanía contó lo sucedido a su padre, y al cabo de unas horas, cuando éste regresaba a su casa después de estar con sus hijos más pequeños, se tropezó con el denunciado y le agarró del cuello diciéndole que dejara en paz a su hija, causándole lesiones leves ".

TERCERO

Que impugnada la sentencia, con emplazamiento de las partes se remitieron a este Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente rollo y señalándose la vista de apelación que tuvo lugar el 16 de julio de 2004 .

Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se fundamenta el recurso de Apelación interpuesto en error en la valoración de la prueba.

Alega el recurrente que no se dan los requisitos exigidos jurisprudencialmente para que la declaraciónde la víctima sea considerada prueba de cargo, pues respecto al primero de ellos ausencia de incredulidad subjetiva, derivada de las relaciones denunciado-victima, que...

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