SAP Murcia 80/2006, 14 de Febrero de 2006

PonenteFRANCISCO CARRILLO VINADER
ECLIES:APMU:2006:776
Número de Recurso505/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución80/2006
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

Resumen:

MATERIAS NO ESPECIFICADAS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00080/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA Telf : 968-229183

Fax : 968-229184

Modelo : SEN00

N.I.G.: 30030 37 1 2005 0101376

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000505 /2005 Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de LORCA Procedimiento de origen : MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 0000698 /2004 SENTENCIA NÚM. 80/2.006 .

ILMOS. SRES.

D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA

PRESIDENTE

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a catorce de febrero del año dos mil seis.Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio especial de familia sobre modificación de medidas definitivas que con el número 698/04 se han seguido en primera instancia ante el Juzgado Civil número Dos de Lorca entre las partes, como actor y ahora apelante D. Ignacio , sucesivamente representado por los Procuradores Srs. Díaz González de Heredia (ante el Juzgado) y Martínez Laborda (ante la Sala) y defendido por el Letrado Sr. Ruiz Moreno, y como demandada y ahora apelada Dª. María Teresa , representada sucesivamente por los Procuradores Srs. Aguirre Soubrier y Bernal Morata y defendida por la Letrada Sra. Guevara Fernández . Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado con fecha 29 de abril de 2.005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda de modificación de medidas interpuesta por el Procurador Sr. Díaz González de Heredia, en representación de D. Ignacio , contra doña María Teresa , debo acordar y acuerdo el mantenimiento de las medidas establecidas en la sentencia de divorcio de fecha 17 de diciembre de 2.0003

, con imposición de costas a la parte actora ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, preparó recurso de apelación D. Ignacio , por discrepar de la desestimación de la demanda . Admitido a trámite lo interpuso, solicitando que se estimara aquélla íntegramente.

Después se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia .

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 505/05 de Rollo. Tras personarse las partes, por providencia del día 10 de enero de 2.006 se señaló el de hoy para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se plantea demanda de modificación de medidas definitivas por el Sr. Ignacio , interesando que se dejara sin efecto la pensión compensatoria a su cargo y a favor de la demandada que había sido establecida en las anteriores sentencias de separación y divorcio .

Se convoca a las partes a la comparecencia en la que se opone la demandada, dictándose sentencia que declara que no han variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta para adoptar tal medidas, por lo que desestima la demanda, imponiendo las costas al actor.

Recurre en apelación el demandante insistiendo en sus pretensiones y considerando que no se ha valorado correctamente la prueba practicada.

Se opone la demandada, que pide la plena confirmación de la sentencia.

SEGUNDO

Considera el apelante que la circunstancia novedosa con...

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    ...hija de ambos, pero dicho cuidado ya es justificante del mantenimiento de la pensión, no siendo suficiente para su aumento ( SAP Murcia, 14 de febrero de 2006 ) y teniendo en cuenta que si el objetivo de la pensión compensatoria es, primordialmente, reequilibrar la situación de los cónyuges......

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