SAP Murcia 66/2005, 7 de Mayo de 2005

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2005:2892
Número de Recurso283/2005
Número de Resolución66/2005
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 66 / 2005

En Murcia, a siete de mayo de dos mil cinco.

Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado Don Fernando López del Amo González al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial el presente Rollo de apelación nº 283/2005, dimanante de los autos de JUICIO DE FALTAS nº 131/2004, sobre desobediencia; procedentes del Juzgado de Instrucción de Molina de Segura nº Cuatro ; en el que han intervenido en calidad de apelante Angelina , y como apelado el Ministerio Fiscal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de Juicio de Faltas en el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia con fecha 12 de noviembre de 2004 , cuyos hechos probados establecen: "De la prueba practicada en el acto del plenario, declaración de denunciada la cual no niega los hechos, queda acreditado que el denunciante lleva varios meses sin poder estar con su hija menor de edad, porque su ex mujer no la deja que cumpla con el turno de visitas establecido en sentencia de separación. Que los días 28 y 29 de agosto de 2004, correspondía al denunciante estar con sus hijos, no disfrutando de los mismos pese a tocarle al padre estar con los hijos ese fin de semana."

SEGUNDO

El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo condenar y condeno a Angelina como autora de una falta del Art. 622 del Código Penal , a la pena de un mes multa a razón de tres euros día, cantidad total de noventa euros (90 Euros). Se apercibe al condenado, que si dejara de pagar la multa impuesta, y previa exclusión de bienes, conforme a lo previsto en el Art. 53 del Código Penal , el mismo quedará sujeto a una responsabilidad personal y subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas."

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Angelina , que fue admitido en ambos efectos; tras el trámite de impugnación, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de conocer de dicho recurso; quedando los autos para dictar sentencia.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

II.H E C H O S P R O B A D O S

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