SAP Murcia 3/2003, 14 de Febrero de 2003
Ponente | ABDON DIAZ SUAREZ |
ECLI | ES:APMU:2003:459 |
Número de Recurso | 3/2003 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 3/2003 |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 3/2003
ILMOS. SRES.
D. Abdón Díaz Suárez
PRESIDENTE
Dña. María Jover Carrión
D. Fernando López del Amo González
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia a Catorce de Febrero de dos mil tres.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial el proceso Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, que por el delito de conducción etílica, se ha seguido en el Juzgado de lo Penal n. Tres de Murcia, con el nº 233/02, contra Valentín ; habiendo sido partes en esta alzada el Ministerio Fiscal que actúa como apelado, así como el acusado, que lo hace como apelante, quien estuvo representado en primera instancia por el Procurador Sr. González Campillo y defendido por el Letrado Sr. Pérez Jiménez; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente D. Abdón Díaz Suárez, quien expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas diligencias sentencia con fecha 07/XI/02 sentando como hechos probados lo siguiente. "Que Valentín , con DNI número NUM000 , nacido el 29-4-48 y sin antecedentes penales, sobre las 19,00 horas del día 30-X-01 conducía el vehículo furgoneta marca Volkswagen, matrícula EX-....-E por la carretera C-415, pk. 6,800, término municipal de Caravaca de la Cruz, haciéndolo bajo los efectos de una ingestión alcohólica precedente por lo que tenía mermadas sus facultades, psicofísicas con la consiguiente lentitud de reflejos, alteraciones de la percepción y disminución el campo visual, efectos que limitaban gravemente, en el acusado, su aptitud para el manejo de vehículos de motor. Como consecuencia de su estado se salió de la vía en un tramo curvo, tras colisionar contra losdos postes de sujeción de la bionda.
Por efectivos de la Guardia Civil se practicó la prueba de alcoholemia al acusado con resultado de 0,49 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la 1ª prueba y de 0,47 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la 2ª prueba.
Como síntomas denotadores de la influencia del alcohol en el acusado, además del accidente sufrido, Valentín presentaba a las 21,40 los siguientes; halitosis muy fuerte de cerca, olor a alcohol en vestidos, rostro congestionado con evidentes rojeces en mejillas y nariz, ojos velados y muy húmedos, comportamiento exaltado, habla pastosa, expresión verbal con repetición de frases o ideas y volumen de voz elevado.
No se apreció ninguna circunstancia significativa en sus pupilas y la deambulación era correcta con completa estabilidad".
Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO.- Que debo condenar y condeno a Valentín como autor criminalmente responsable del delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ya definido, a la pena de multa de cinco meses con una cuota (diaria de 6 euros, lo que le hace...
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