SAP Murcia 5/2004, 15 de Enero de 2004

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2004:91
Número de Recurso397/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución5/2004
Fecha de Resolución15 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

SENTENCIA nº 5 / 2 0 0 4

Ilmos. Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Dª María Jover Carrión

Don Fernando López del Amo González

Magistrados

En Murcia, a quince de enero de dos mil cuatro.

Habiendo visto en grado de apelación la SECCION SEGUNDA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 1023/2002, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Murcia nº Siete, entre las partes: como actora "Telefónica Publicidad e Información, S.A.", representada por el Procurador Sr/a. Sevilla Flores y defendida por el Letrado Sr/a. Molina García, y como demandada "Istomur Murcia Corporación Inmobiliaria, S.L.", representada por el Procurador Sr/a. De Vicente Villena y defendida por el Letrado Sr/a. De Miguel.

En esta alzada actúa como apelante "Istomur Murcia Corporación Inmobiliaria, S.L." y como apelada "Telefónica Publicidad e Información, S.A.". Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 4 de julio de 2003 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la mercantil "Telefónica Publicidad e Información, S.A.", representada por el Procurador D. Manuel Sevilla Flores, contra la mercantil "Istomur Murcia Corporación Inmobiliaria, S.A.", representada por el Procurador D. Antonio de Vicente y Villena, debo condenar y condeno a la demandadaa que abone a la actora la suma de catorce mil doscientos noventa y dos euros con seis céntimos

(14.292,06) de principal más el interés legal de la citada cantidad desde la fecha de presentación de la demanda y al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de "Istomur Murcia Corporación Inmobiliaria, S.L." al no estar conforme con la sentencia, siendo admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte que presentó escrito oponiéndose al recurso y solicitando su confirmación.

Elevados los autos originales a esta Audiencia se formó el oportuno Rollo por la Sección Segunda con el nº 397/2003, señalándose el día 9 de enero de 2004 para deliberación, votación y fallo.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de Instancia dictó sentencia estimando la demanda formulada por "Telefónica Publicidad e Información, S.A." (en los sucesivo TPI) contra "Istomur Murcia Corporación Inmobiliaria, S.L." en reclamación de cantidad derivada del contrato de un contrato por el cual la demandada se anunciaba en las páginas amarillas del año 2001 a cambio de un precio que no había satisfecho a la actora.

La parte demandada recurre tal resolución por estimar que la misma no es ajustada a derecho al entender que nada debía por cuanto no existió ningún contrato entre las partes.

SEGUNDO

La cuestión central del procedimiento radica en la determinación de si existió o no el contrato de publicidad entre las partes por el que las mismas quedaban obligadas a dar cumplimiento a lo acordado en el mismo.

Los argumentos expuestos en la resolución apelada deben mantenerse al haber sido valorada correctamente la prueba practicada en los autos y al haber cumplido la actora con su obligación de acreditar la realidad del contrato del que...

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