SAP Lugo 464/1998, 19 de Junio de 1998

PonenteREMIGIO CONDE SALGADO
Número de Recurso6/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución464/1998
Fecha de Resolución19 de Junio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Lugo

SENTENCIA NÚMERO 464

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. REMIGIO CONDE SALGADD

MAGISTRADOS:

D. FRANCISCO CAAMAÑO PAJARES

D. EDGAR AMANDO FERNÁNDEZ CLOOSS

Lugo, diecinueve de junio de mil novecientos noventa y ocho.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el rollo de sala n° 6/98,

dimanante de demanda de protección civil del derecho fundamental al honor, n° 91/97 seguido en el

Jugado de Primera Instancia n.° 1 de Lugo; siendo apelante el demandado, D. Jesús Ángel , representado por el procurador Sr./Sra. Carro Rodríguez y asistido del letrado Sr./Sra.

Padilla Carballada y apelados el demandante, D. Carlos Jesús , representado por el

procurador Sr./Sra. García Méndez y asistido del letrado Sr./Sra. Fernández Pumariño, y el

Ministerio Fiscal: actuando como ponente el Presidente, Ilmo. Sr. D. REMIGIO CONDE SALGADD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y siete, el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que estimando en parte la demanda formulada por la Procuradora Sra. García Méndez, en nombre y representación de D. Carlos Jesús contra D. Jesús Ángel , representado por la Procuradora Dña. María Teresa Carro Rodríguez, debo condenar y condeno a D. Jesús Ángel a publicar íntegramente y a su costa esta Sentencia en los diarios El Progreso de Lugo, La Región de Ourense, sección de opinión, y en cualquier otro medio que hubiese difundido el escrito referido en el hecho segundo de la demanda, con la misma relevancia con que dicho escrito resultó publicado en el respectivo medio de comunicación, así como debo condenar y condeno a D. Jesús Ángel a pagar al demandante D. Carlos Jesús la cantidad de un millón de pesetas en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos por la intromisión ilegítima en el derecho al honor efectuada por el demandado en el escrito referido en el hecho segundo de la demanda,y condenado al demandado a estar pasar por tales pronunciamientos y a ejecutarlos a su tenor, debiendo cada parte abonarse las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada,

D. Jesús Ángel , siendo admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para que comparecieran ante la misma a hacer uso de sus derechos, lo que así hicieron en tiempo y forma dicha parte recurrente y el demandante y Ministerio Fiscal como apelados; y cumplidos los demás trámites se señaló día y hora la celebración de la vista, la que tuvo lugar el día dieciséis de junio de mil novecientos noventa y ocho a las diez treinta horas, en cuyo acto las partes personadas hicieron las peticiones que constan en autos.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado en lo esencial los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El artículo dieciocho, apartado primero, de la Constitución , garantiza el derecho al honor, y el veinte, apartado primero a), reconoce y protege el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones, estableciendo su apartado cuarto, que esa libertad tiene su límite especialmente en el derecho al honor, preceptos que, por su rango normativo, son principios del ordenamiento jurídico vigente, pero cuando hay que habérselas con actos concretos, para verificar si afectan negativamente al honor de una determinada persona, el problema que entonces se plantea no puede resolverse abstractamente, haciendo una aplicación mecánica de los preceptos legales, porque cualquier persona es siempre única, estando implicados en el honor dimensiones personalísimas, y simultáneamente hay que tener en cuenta la situación concreta, porque ésta es la que, en definitiva, descubre el verdadero significado de una acción, y la situación, dentro de la cual escribió el demandado su artículo, presenta las siguientes características: a) no...

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