SAP Madrid, 10 de Mayo de 2000

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:2000:6958
Número de Recurso1565/1998
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a diez de Mayo de dos mil.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada LE MANS SEGUROS ESPAÑA, S.A. representada por el Procurador Sr. Pintado de Oyague y de otra, como apelada demandante MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA representada por el Procurador Sr. Rodríguez Díez, seguidos por el trámite de juicio verbal.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 16 de Madrid, en fecha 17 de febrero de 1.998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Ignacio Rodríguez Díez en nombre y representación de MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, contra LE MANS SEGUROS ESPAÑA, S.A. y en su representación el Procurador de los Tribunales Dña. M. Jesús Pintado de Oyague, y en su consecuencia condeno a estas últimas a que solidariamente abone a la actora la cantidad de 357.714 pesetas. El interes legal conforme a lo establecido en el fundamento de derecho cuarto. Todo ello con expresa condena en costas a la demandada".

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 10/92, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 4 de mayo de 2000.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La única cuestión objeto de debate en el presente recurso de apelación, es si puede percibir la entidad aseguradora que actúa en subrogación de...

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