SAP Madrid, 9 de Octubre de 2000
Ponente | MIGUEL ANGEL SANCHEZ PLAZA |
ECLI | ES:APM:2000:13592 |
Número de Recurso | 1183/1997 |
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
Sentencia
En Madrid, a nueve de Octubre de dos mil.
La Sección Décimo Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre Impugnación de Acuerdos, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 33 de Madrid, seguidos entre partes, de una como apelante Doña Penélope , Doña Virginia y Don Jesús Luis representado por el Procurador Don Enrique Hernández Tabernilla y defendido por el Letrado Don José Luis de Miguel Cortes, y de otra como apelado Comunidad de Propietarios de la Casa n. NUM000 de la CALLE000 de Madrid, representado por el Procurador Don Manuel Lanchares Larre y defendido por el Letrado Doña Carmen de Prada Guita, seguidos por el trámite de juicio de Menor Cuantía.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Miguel Angel Sánchez Plaza ; Presidente de este Tribunal.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 33 de Madrid, en fecha 5 de noviembre de 1.997, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por Doña Penélope , Doña Virginia y Don Jesús Luis contra Comunidad de Propietarios de la Casa n. NUM000 de la CALLE000 de esta capital, debo declarar como declaro no haber lugar a los pronunciamientos solicitados por la parte demandante, condenando a esta última al pago de las costas."
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fué admitido en ambos efectos y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
La vista pública celebrada el día 3 de octubre de 2000, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.
En la tramitación del presente procedimiento, han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan, en cuanto no se opongan ni contradigan a lo que luego se dirá, los antecedentes fácticos y la fundamentación jurídica dela sentencia recurrida.
En la demanda rectora del procedimiento del que trae causa el presente recurso,presentada con fecha 22 de Marzo de 1.997, los demandantes Doña Penélope , Doña Virginia y Don Jesús Luis , en su condición de copropietarios del piso NUM001 . Letra NUM002 , de la CALLE000 nº NUM000 de esta capital, interesaron sentencia por la que se declarase la nulidad del Acuerdo 3º, sobre ratificación acuerdo anterior, adoptado en la Junta de Propietarios celebrada con fecha 19 de Septiembre de 1.996, pretensión que fue desestimada en la sentencia de instancia al apreciarse la caducidad de la acción,...
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