SAP Madrid, 29 de Marzo de 2000

PonenteVICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
ECLIES:APM:2000:4926
Número de Recurso1016/1997
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a veintinueve de Marzo de dos mil.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre juicio ejecutivo, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1, de Torrejón de Ardoz, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A. (antes BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA, S.A.), representado por el Procurador Sr. Pinto Marabotto y asistido del Letrado Sr. Relaño Mata, y de otra, como demandado-apelante D. Millán , representado por el Procurador Sr. Álvarez Buylla y asistido del Letrado Sr. Fernández Palomo, y ACABADOS ELECTROLÍTICOS, S.A. en estrados en esta apelación, seguidos por el trámite de Juicio Ejecutivo.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Victoriano Jesús Navarro Castillo

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1, de Torrejón de Ardoz, en fecha 29 de julio de 1996, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Ordeno seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes del/los demandado/s ACABADOS ELECTROLITICOS, SA. y D Millán hasta hacer trance y remate de los mismo y con su producto, entero y cumplido pago a la actora BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA, SA. de la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTAS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTAS NOVENTA Y CUATRO Pts. (2.763.494 .-) por principal, intereses y gastos, condenándole/s además a las costas del juicio.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada D. Millán , que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron expresadas partes, sin haberlo verificado la demandada ACABADOS ELECTROLÍTICOS, S.A. por lo que se han entendido en cuanto a ésta las actuaciones en la sede del Tribunal, substanciándose el recurso por sus trámites legales, habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La VISTA PUBLICA celebrada el día 23 de marzo de 2000, tuvo lugar con la asistencia de los letrados de las partes expresadas que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la sentencia recurrida.

PRIMERO

La sentencia del Juzgado, mandando seguir adelante la ejecución, fue impugnada por el demandado Don Millán , solicitando que se declaren nulas las actuaciones desde la primera citación por ser defectuosa, al haberse intentado en el domicilio de la sociedad y no en el suyo propio a pesar de ser conocido, habiéndole causado indefensión.

La parte apelada solicitó la...

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