SAP Madrid, 18 de Mayo de 2000

PonenteJESUS GAVILAN LOPEZ
ECLIES:APM:2000:7367
Número de Recurso409/1999
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a dieciocho de Mayo de dos mil.

La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Móstoles, seguidos entre partes, de una como demandante-apelado TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. representada por el Procurador Sr. Soberon García de Enterría y defendida por el letrado Sr. Martínez Soria y de otra como demandada-apelante ROYAL SUNALLIANCE representada por el Procurador Sr. Garnica Montoro y defendida por el letrado Sr. Alvarez de Benito, seguidos por el trámite de juicio de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Gavilán López

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid en fecha 4 de marzo de 1999, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por el Procurador D. Juan Bosco Hornedo Mugurio, en representación de TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. condeno a la Compañía HERCULES HISPANO S.A. de Seguros y Reaseguros, a pagar a la demandante la cantidad de cuatro millones ciento una mil quinientas sesenta y siete pesetas, más el interés legal del veinte por ciento de esa suma que se devengue desde el día 7 de agosto de 1998. Se condena a la demandada al pago de las costas del juicio."

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron ambas partes, sustanciándose el recurso por sus trámites legales, no siendo interesado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 30 de marzo de 2.000, tuvo lugar con asistencia de los letrados de las partes, que informaron en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales en ambas instancias a salvo del plazo para dictar sentencia en esta alzada por acumulación de asuntos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada , en los términos de esta resolución.

PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia estimando la demanda interpuesta por Telefónica de España S.A. , se alza el recurso de la compañía aseguradora Hércules Hispano S.A. de Seguros y Reaseguros , del Ayuntamiento de Móstoles , quien llevó a cabo las obras determinantes de los daños reclamados , fundamentado en los siguientes motivos : 1) Incongruencia interna positiva y omisiva de la sentencia dictada , al haber dejado sin resolver el alcance y medida del daño , basado sólo en el informe...

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