SAP Vizcaya 343/2005, 12 de Julio de 2005
Ponente | MARIA MAGDALENA GARCIA LARRAGAN |
ECLI | ES:APBI:2005:1924 |
Número de Recurso | 343/2004 |
Número de Resolución | 343/2005 |
Fecha de Resolución | 12 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 343/05PRESIDENTE
Dª. Mª ELISABETH HUERTA SANCHEZ
MAGISTRADOS
Dª. LEONOR CUENCA GARCÍA
Dª. MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN
En la Villa de Bilbao, a 12 de julio de 2005.
Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio verbal nº 116/04, seguidos en primera instancia ante el Juzgado de Primera Instancia Número Siete y del que son partes como demandante DON Luis Francisco , representado por el Procurador DON RAFAEL EGUIDAZU BUERBA y dirigido por el Letrado DON J.JAIME ALONSO GOMEZ, y como demandado DIRECCION000 CARRETERA BILBAO-GALDAKAO, representado por el Procurador D. ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS y dirigido por el Letrado D. JESUS RAMON SAEZ BUESA, siendo Ponente en esta instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dª MAGDALENA GARCÍA LARRAGAN.
Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.
Por el Juzgador en primera instancia se dictó, con fecha 31 de marzo de 2004, sentencia cuya parte dispositiva dice literalmente: "FALLO:.-Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Eguidazu Buerba, en nombre de D. Luis Francisco , condeno a la DIRECCION000 de Bilbao, a que satisfaga a la actora mil cuatrocientos dieciséis euros con noventa y siete céntimos (1.416,97 euros), los intereses al tipo legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución y las costas causadas."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la DIRECCION000 y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia, previa su tramitación, y recibidos en esta Audiencia y una vez turnados a esta sección, se formó el correspondiente rollo y se siguió este recurso por sus trámites.
Para la votación y fallo del presente recurso se señaló el día y hora correspondiente.
En la tramitación de estos autos en ambas instancias se han observado las formalidades y términos legales, haciéndose constar que la duración del soporte audiovisual que documenta el acto del juicio es de 39 minutos 12 segundos.
El recurso de la Comunidad de Propietarios antedicha frente a la sentencia apelada, que da lugar a la íntegra estimación de la demanda, se circunscribe a los daños e indemnización concedida en la misma y consiguientes pronunciamientos sobre intereses y costas procesales.
Se impugna la valoración probatoria en la instancia en cuanto a los daños efectivamente sufridos por el vehículo del actor en el siniestro de autos, caída de parte del recubrimiento de gresite de la fachada del inmueble sobre aquél. Se afirma así por la recurrente que con el mismo tan sólo pudieron causarse los daños que se reflejan en el atestado levantado al efecto por agentes de la Ertzaintza y que consta unido a las actuaciones y que los únicos testigos son partes absolutamente interesadas; por lo que solicita que, con estimación del recurso, se dicte sentencia limitando la indemnización a conceder al actor a las cuantías correspondientes a la reparación del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba