SAP Zaragoza 460/2005, 7 de Septiembre de 2005
Ponente | JOSE JAVIER SOLCHAGA LOITEGUI |
ECLI | ES:APZ:2005:2202 |
Número de Recurso | 605/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 460/2005 |
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
SENTENCIA NUMERO CUATROCIENTOS SESENTA
Ilmos. Señores:|
Presidente:|
D. José J. Solchaga Loitegui|
Magistrados:|
D. Javier Seoane Prado|
D. Eduardo Navarro Peña|
En la Ciudad de Zaragoza a siete de Septiembre de dos mil cinco.
En nombre de S.M. el Rey
--------------------------------------------VISTOS por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen los recursos de apelación interpuestos contra la Sentencia dictada en fecha 31 de mayo de 2004, por el Juzgado de Primera Instancia Número cuatro de Zaragoza, en autos de juicio ordinario seguidos con el número 1.088 de 2.003 , sobre culpa extracontractual , de que dimana el presente rollo de apelación numero 605 de 2.004 en el que han sido partes, apelante, la Compañía Mercantil demandada ZOILO Ríos, S.A. domiciliada en Zaragoza, representada por el Procurador D. Juan Luis Sanagustín Medina, asistida del Letrado Don Manuel Bayo Plaza, y asimismo la también demandada entidad aseguradora PLUS ULTRA, Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, con Delegación en Zaragoza, representada por el Procurador Don José María Angulo Sainz de Varanda, asistida del Letrado D. Juan Miranda Simavilla y apeladas el actor Don Gabriel , mayor de edad vecino de Mejorada del Campo (Madrid) representado por el Procurador Don José Alfonso Lozano Vélez de Mendizábal, asistida del Letrado Don Carlos Calvo Moreno y el demandado, CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, no comparecido en esta segunda instancia; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José J. Solchaga Loitegui que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Lozano en representación de Gabriel contra CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, ZOILO RIO, S.A. Y GROUPAMA PLUS ULTRA debo condenar y condeno a las demandadas Zoilo Ríos , S.A. y Plus Ultra a que abonen solidariamente al actor la cantidad de 1.415,09 euros por los daños, a cuyo pago se aplicará la cantidad abonada por la demandada Plus Ultra, y la cantidad de 3.906,5 euros en concepto de lucro cesante, y a Zoilo Ríos, S.A. además, a que abone la cantidad de 150,25 euros, más los intereses legales que en el caso de laaseguradora demandada serán los previstos en el art. 20 LCS desde la fecha del siniestro. Sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas. Y debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta contra el Consorcio de Compensación e Seguros, siendo de cargo de la actora las costas causadas a su instancia."
Notificada la anterior sentencia a las partes se interpusieron contra la misma sendos recursos de apelación por las respectivas representaciones procesales de las demandadas Groupama Plus Ultra Seguros y Reaseguros, presentando el actor D. Gabriel escrito de oposición; y Zoilo Ríos S.A. la codemandada Groupama Plus Ultra presentó escrito de oposición a este segundo recurso. Remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia de Zaragoza Sección Cuarta.
Recibidos los autos, formado el correspondiente...
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