SAP Zaragoza 525/2005, 14 de Octubre de 2005

PonenteEDUARDO NAVARRO PEÑA
ECLIES:APZ:2005:2487
Número de Recurso20/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución525/2005
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO QUINIENTOS VEINTICINCO

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. Juan Ignacio Medrano Sánchez

Magistrados:

D. Eduardo Navarro Peña

D. Carlos Espasa Lucas

En la Ciudad de Zaragoza a catorce de Octubre de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey.

--------------------------------------------VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 17 de Septiembre de

2.004 por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Zaragoza, en autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 327/04 , sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 20/05, en el que han sido partes, apelante, la demandante, entidad mercantil MACH PROMOCIONES, S.L., representada por la Procuradora Dª. Ana-Silvia Tizón Ibáñez y asistida de la Letrada Dª. María-Cristina Ruiz-Galbe Santos, y, apelada, los demandados D. Vicente y Dª. María Dolores , representados por la Procuradora Dª. Lucía del Río Artal y asistidos del Letrado D. Pedro A. Julián Lobera, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de la mercantil "Masch Promociones" contra D. Vicente y Dª. María Dolores debo condenar y condeno a los demandados al pago a la parte actora de la suma de 2.267.218,38 pts. (13.626,26 euros), habiéndose abonado 1.575.417 pts. (9.468,45 euros), por lo que resta por abonar 691.801,38 pts. (4.157,81 euros) más los intereses legales de esta última cantidad desde la fecha de la interpelación judicial, sin condena en costas."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, las representaciones procesales de ambas partes, actora y demandada, prepararon contra la misma sendos recursos de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazadas que fueron para que los interpusieran en legal forma, sólo lo efectuó la parte actora, declarándose desierto el recurso de apelación preparado por los demandados, formulando aquella el correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentar surecurso, interesando se dictara sentencia por la Sala, que revocando parcialmente la recurrida estimase íntegramente los pedimentos de su demanda, con expresa imposición de las costas a la contraparte.

TERCERO

Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal de los demandados, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, dedujo escrito de oposición al mismo, en el que vino a interesar la desestimación del mentado recurso y confirmación de la sentencia de primera instancia, con imposición de las costas de la alzada a la parte apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales del juicio a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes

CUARTO

Recibidos que fueron aquellos se formó el presente rollo de Sala, en el que se personaron apelante y apelada, y seguido por sus trámites se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 4 del corriente mes de Octubre, en que tuvo lugar dicho acto.

QUINTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia apelada, en cuanto no contradigan o se opongan a los de la presente; y

PRIMERO

La mercantil Mach Promociones, S.L., que llevó a cabo la construcción de una vivienda unifamiliar en la CALLE000 nº NUM000 de la localidad de El...

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