SAP Zaragoza 592/2005, 3 de Noviembre de 2005

PonenteCARLOS ESPASA LUCAS
ECLIES:APZ:2005:2631
Número de Recurso438/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución592/2005
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

SENTENCIA núm. 592/2005

ILMOS. Señores:

Presidente acctal.:

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

Magistrados:

D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ

D. CARLOS ESPASA LUCAS

En ZARAGOZA, a tres de noviembre de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 158/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 438/2005, en los que aparece como parte apelante-demandada D. Adolfo , representado por el procurador D. JOSE ANTONIO AZNAR UBIETO, y asistido por el Letrado D. FRANCISCO BAS DELGADO; como parte apelada-demandante D. Jose Ignacio , representado por la procuradora Dª MARIA NIEVES OMELLA GIL y asistido por el Letrado D. JOSE-LUIS LUCEA LAFUENTE; y como demandado-no personado GES SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS ESPASA LUCAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 14 de abril de 2005 , cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Omella Gil en nombre y representación de D. Jose Ignacio , contra Adolfo y la COMPAÑÍA DE SEGUROS GES, debo condenar y condeno a los citados de demandados a que solidariamente abonen al actor la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON CATORCE CENTIMOS (2.342,14 euros), más los intereses legales de dicha suma, que para la aseguradora demandada serán los previstos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro a contar desde la fecha del siniestro. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal del demandados Sr. Adolfo , se interpuso contra la misma recurso de apelación; y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video; y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, señalándose día para deliberación, votación y fallo el 7 de septiembre de 2005

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los correlativos segundo y tercero de la sentencia apelada, y

PRIMERO

El Sr. Jose Ignacio , propietario del vehículo Citroen ZX matrícula G-....-OC , formula demanda de juicio verbal contra el Sr. Adolfo y la mercantil aseguradora GES Seguros y Reaseguros, instando la condena solidaria de ambas a abonarle la suma de 2342,14 euros, los correspondientes intereses legales y los del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados a su automóvil en la mañana del 27 de septiembre de 2004 cuando circulando la esposa del demandante por el Paseo Echegaray, al pasar del carril izquierdo, ocupado, al derecho, colisionó su parte delantera derecha del vehículo con la furgoneta Mercedes matrícula .... ZFD que se encontraba detenida en el carril derecho sin señalización alguna. Manifiesta la conductora que encontrándose sorpresivamente con la furgoneta en mitad del carril derecho accionó el freno y como no pudo ejecutar maniobra alguna de evasión dado que el carril izquierdo estaba igualmente ocupado fue finalmente a colisionar...

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