SAP Valladolid 533/1997, 17 de Noviembre de 1997

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
Número de Recurso262/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución533/1997
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid

SENTENCIA Nº 533

Ilmos. Srs. Magistrados

Presidente:

D. Jesús Manuel SAEZ COMBA

Magistrados:

D. Francisco Javier CAMBON GARCIA

D. José Ramón ALONSO MAÑERO PARDAL

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Valladolid, diecisiete de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados antes

nombrados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en proceso de Juicio de Protecciòn Juris. Derecho Honor nº 606/96-B por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Valladolid , sobre Indemnización perjuicios por intromisión ilegítima en honor, intimidad y propia

imagen. Ha sido demandante-apelante D. Imanol , mayor de edad, casado,

desempleado, con domicilio en Valladolid, que ha estado representado por el procurador D.

Santiago Donis Ramon y dirigida por el abogado D. Rafael Guerra González. Como apelados EL NORTE DE CASTILLA S.A., con domicilio en Valladolid, que ha estado representado por el

procurador D. Javier Gallego Brizuela y dirigida por el abogado D. Enrique Riera Castellano; y el

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

  2. Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 1 de abril de 1.997 se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así: FALLO: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Donis Ramon en nombre yrepresentación de D. Imanol , debo absolver y absuelvo a la entidad mercantil El Norte de Castilla S.A. de las pretensiones contra ella solicitadas, condenando al actor al abono de las costas procesales".

  3. Notificada a las partes contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandante, cuyo recurso fue admitido en ambos efectos y, en su virtud previos los oportunos trámites se remitieron los autos originales a este Tribunal, ante el que han comparecido los litigantes en la forma expresada, sustanciándose el recurso por sus trámites legales, y celebrándose la vista pública del mismo el día 12 de los corrientes, con asistencia de los mentados abogados y procuradores, y concedida la palabra a los primeros, los mismos informaron a la Sala en apoyo de sus respectivas pretensiones escritas.

  4. En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Francisco Javier CAMBON GARCIA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. Que procede desestimar el recurso de apelación interpuesto y confirmar la sentencia recurrida; como ésta razonó abundante y acertadamente, de la ponderación de las circunstancias concurrentes en el presente caso, ha de mantenerse la prevalencia del derecho a la información y expresión sobre el honor y la imagen conforme a la doctrina del T.S., así como del T.C.; abundándose en que, la C.E. reconoce las libertades de expresión y de información, siendo el derecho a comunicar o informar, en la práctica, una salvaguarda de la profesión periodística, derechos comunes a todos los ciudadanos, si bien ejercidos con mayor frecuencia por quienes...

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