SAP Valladolid 209/2005, 13 de Junio de 2005

PonenteJESUS MANUEL SAEZ COMBA
ECLIES:APVA:2005:758
Número de Recurso104/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución209/2005
Fecha de Resolución13 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA: 00209/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000104 /2005

SENTENCIA Nº 209

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a trece de Junio de dos mil cinco.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio verbal nº 466/04 del Juzgado de 1ª Instancia núm. Uno de Valladolid , seguido entre partes, de una como demandante apelada Dª Carmela mayor de edad y vecina de Valladolid, representada por el Procurador D. Jorge Rodríguez-Monsalve Garrigós y defendida por el Letrado D. Jesús Sebal Diez, y como demandada apelante Dª Encarna mayor de edad y vecina de Valladolid, representada por el Procurador D. Isidoro García Marcos y defendida por la Letrada Dª Elena Rodríguez Rodríguez; y como demandado apelado en situación procesal de rebeldía D. Narciso mayor de edad y vecino de Valladolid; sobre desahucio por precario.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 16 de diciembre de 2.004, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Queestimando íntegramente la demanda formulada por doña Carmela contra doña Encarna y don Narciso debo declarar haber lugar al desahucio, condenando a los demandados a que desalojen la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 , NUM000 NUM001 , de esta ciudad, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verificasen en el plazo legal, condenándoles igualmente al abono de las costas procesales".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por el Procurador Sr. García Marcos en representación de la demandada comparecida se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 10 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistradoi D. JESUS MANUEL SAEZ COMBA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Se ha promovido este procedimiento en ejercicio de una acción de desahucio de finca urbana que, en tesis de la parte demandante, es poseída por los demandados sin titulo alguno que lo justifique.

    La sentencia de instancia estima la pretensión mencionada y contra dicha resolución se alza el presente recurso cuya fundamentación tiene una doble vertiente, fáctica y jurídica, en tanto en cuanto, con relación a la primera trata de llevar a la convicción de la Sala de la existencia de un contrato de arrendamiento y por lo que atañe a la segunda considera que el actual artículo 250.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla la figura del precario con un concepto más restringido que en la anterior normativa procesal.

  2. - El primero de los aspectos, como se dice, gira en torno a la valoración de la prueba realizada por el Tribunal de instancia que ya desde este momento la Sala ha de afirmar que considera correctamente apreciada por la sentencia...

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