SAP Madrid 74/2009, 13 de Febrero de 2009

PonenteJOSE ANTONIO NODAL DE LA TORRE
ECLIES:APM:2009:905
Número de Recurso150/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución74/2009
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00074/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO: 74

RECURSO DE APELACIÓN Nº 150/2008

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE

D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

D. JUAN ÁNGEL MORENO GARCÍA

En Madrid, a trece de febrero de dos mil nueve.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Verbal nº 771/2006, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alcalá de Henares, a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 150/2008, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelante ENTIDAD URBANÍSTICA DE CONSERVACIÓN DEL SECTOR 32-C DE ALCALÁ DE HENARES, representada por el Procurador D. Antonio Piña Ramírez; y de otra, como demandados y hoy apelados D. Antonio y Dª. Silvia ; representados por la Procuradora Dª. Mónica de la Paloma Fente Delgado; sobre reclamación de cuotas comunitarias.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ ANTONIO NODAL DE LA TORRE.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Alcalá de Henares, en fecha veintiuno de febrero de dos mil siete, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que desestimando la demanda formulada por la Procuradora Dª. Raquel Vadillo Ortega en nombre y representación de ENTIDAD URBANISTICA DE CONSERVACION DEL SECTOR 32-C DE ALCALA DE HENARES, debo absolver a los codemandados, D. Antonio y Dª. Silvia, de todos los pedimentos contenidos en la demanda, todo ello con imposición a la actora de las costas del procedimiento.".

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandante, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

Por Auto de fecha catorce de marzo de dos mil ocho se acordó haber lugar a la incorporación a las actuaciones del documento nº 1 aportado por la representación procesal de la apelante en su escrito de interposición de recurso, denegando la unión del resto de la documental aportada en el mismo escrito; y no estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo...

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