SAP Toledo 95/2005, 20 de Abril de 2005
Ponente | EMILIO BUCETA MILLER |
ECLI | ES:APTO:2005:361 |
Número de Recurso | 356/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 95/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª |
Resumen:
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TOLEDO00095/2005
Rollo Núm. .................... 356/2.004.-Juzg. 1ª Inst. Núm.. 1 de Quintanar.-J. Verbal Núm............... 100/2.004.-SENTENCIA NÚM. 95
AUDIEN CIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BUCETA MILLER
Dª GEMA ADORACION OCARIZ AZAUSTRE
En la Ciudad de Toledo, a veinte de abril de dos mil cinco.
Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,
SENTENCIA
Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 356 de 2.004, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 1 de Quintanar de la Orden, en el juicio Verbal núm. 100/04 , sobre acción declarativa de dominio y negatoria de servidumbre de paso, en el que han actuado, como apelante LOPEZ CAMPILLO, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Parra Martín y defendida por el Letrado Sr. López-Brea Justo; y como apelada ENCIMAUTO S.A.L., representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Sánchez Calvo.
Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. EMILIO BUCETA MILLER, que expresa el parecer de la Sección, y son,ANTECEDENTES:
Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 1 de Quintanar de Orden, con fecha 10 de septiembre de 2.004, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Pablo Monzón Lara, en nombre y representación de la mercantil "Encimauto, S.A.L.", contra "López Campillo, S.A.": 1º.- Debo declarar y declaro el dominio de l aparte demandante sobre la franja de terreno rectangular existente entre el muro de ladrillo que cierra la finca de la parte actora y la torreta de luz y desde ésta hasta la nave de la parte demandada.- 2º.- Debo condenar y condeno a la demandada a cerrar la puerta que ha abierto en la pared de su propiedad y por la que se accede al terreno propiedad de la parte actora.- 3º.-Debo condenar y condeno a la parte demandada a demoler y retirar a su costa la pared que ha construido en la franja de terreno perteneciente a la parte demandante.- Se condena en costas a la parte demandada".
Contra la anterior resolución y por el demandado, dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN...
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