SAP Cantabria 364/2005, 22 de Junio de 2005
Ponente | MARIA JOSE ARROYO GARCIA |
ECLI | ES:APS:2005:1369 |
Número de Recurso | 79/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 364/2005 |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM. 364/05
Ilma. Sra. Presidente
Doña María José Arroyo García
Ilmos. Srs. Magistrados
Don Marcial Helguera Martinez
Don Joaquín Tafur López de Lemus
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En la Ciudad de Santander, a veintidós de junio de dos mil cinco.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio ORDINARIO 239/04 , Rollo de Sala núm. 79/05 , procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Santander .
En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Juan Ramón , y parte apelada la entidad " FEDERICO ORIA CASTANEDO S.L." , representada por la Procuradora Sra. Mora Gandarillas , y defendida por el Letrado D. Restituto Palacios Bañuelos.
Es ponente de ésta resolución la Ilma. Sra. Dª María José Arroyo García.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 31 de octubre de 2004, Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que desestimando como desestimo la demanda formulada por el Procurador de los tribunales Sr. Alvarez Pañeda, en nombre y representación de D. Juan Ramón contra el demandado " Federico Oria Castanedo S.L.", absuelvo a esta de todos los pedimentos formulados en sucontra.
Con expresa imposición a la parte actora.
Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la representación legal de D. Juan Ramón se interpone recurso de Apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de instancia desestimatoria de la demanda, alegando como único motivo del recurso el error del juzgador de instancia en la apreciación de la prueba.
Por el actor se ejercita una de responsabilidad contractual contra el contratista que ejecutó la reparación de la cubierta de la vivienda propiedad del actor, solicitando que se condene a dicho contratista a pagar la factura por la reparación realizada por una tercera empresa y además a reparar los vicios y defectos subsistentes y los daños causados por dichos vicios, el demandado se opone a la demanda alegando que los vicios o defectos que presenta la obra son unas humedades o filtraciones de agua por el deterioro de las limas de zinc no son de su responsabilidad al no incluirse la sustitución de las limas en el tejado.
En primer lugar debe señalarse que la demanda nunca podría ser admitida en su integridad al pedir dos veces lo mismo. En primer lugar se solicita que se pague la factura de Tecosan por importe de 1.558,99 Euros, precio de las reparaciones realizadas por dicha empresa de los vicios o defectos que presentaba la obra ejecutada por el...
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