SAP Cantabria 37/2005, 24 de Enero de 2005

PonenteMARCIAL HELGUERA MARTINEZ
ECLIES:APS:2005:129
Número de Recurso311/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución37/2005
Fecha de Resolución24 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 37/05 Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez

Don Joaquín Tafur López de Lemus.

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En la Ciudad de Santander, a veinticuatro de enero de dos mil cinco. Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio ORDINARIO 391/03, Rollo de Sala núm. 311/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santander.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante EUROMUTUA, representada por la Procuradora Sra. Teresa Moreno Rodríguez, y defendida por la Letrada Sra. Mª Pilar Martínez Aspiazu; y partes apeladas don Humberto , doña Esther y PASTELERIA VALTIERRA S.C., representados por el Procurador Sr. José Miguel Ruiz Canales, y defendidos por el Letrado Sr. José Mª Iglesias de Castro.

Es ponente de ésta resolución El Ilmo. Sr. Don Marcial Helguera Martínez . ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 16 de septiembre de 2.003 Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Ruiz Canales, en la representación indicada, debo condenar y condeno a la aseguradora Euromutua, representada por laProcuradora Sra. Moreno Rodríguez, a satisfacer a D. Humberto la cantidad de 9647,82 euros, a Dª Esther la cantidad de 4.338,32 euros y a la Pastelería Valtierra, S.C. la cantidad de 7186,53 euros, con aplicación del interés establecido en el fundamento de derecho sexto de la presente; e imponiendo las costas causadas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales a excepción del plazo de resolución del recurso debido al número de asuntos pendientes que pesan sobre ésta Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen;

PRIMERO

La sentencia condena a la demandada, Aseguradora de un asesor fiscal; quien, por negligencia suya, provocó que la Hacienda Pública produjera inspección que traería como consecuencia el pago de unas cantidades que se conectan al descuidado comportamiento de aquél.

La Aseguradora, EUROMOTUA, acepta la condena del principal a favor de los demandantes, pero impugna a través del recurso dos extremos, la condena al abono de intereses del art.20 LCS y la imposición de costas.

Examinamos cada punto.

SEGUNDO

La Aseguradora, a través de una...

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