SAP Cantabria 44/2005, 25 de Enero de 2005

PonenteMARCIAL HELGUERA MARTINEZ
ECLIES:APS:2005:153
Número de Recurso76/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución44/2005
Fecha de Resolución25 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 44/05

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martínez

Don Joaquín Tafur López de Lemus.

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En la Ciudad de Santander, a veinticinco de enero de dos mil cinco.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio VERBAL 884/02, Rollo de Sala núm. 76/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santander .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante don Augusto , doña Milagros , doña Esther y don Oscar , representados por el Procurador Sr. Francisco Javier Rubiera Martín, y defendidos por el Letrado Sr. Lorenzo González-Pinto Coterillo.

Es ponente de ésta resolución El Ilmo. Sr. Don Marcial Helguera Martínez .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Santander, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 9 de diciembre de 2.003 Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada a instancia de D. Augusto , DÑA Milagros , DÑA Esther y D. Oscar , representados por el Procurador Sr. Rubiera Martín y asistidos del Letrado D. Lorenzo González-Pinto Coterillo; contra DÑA Dolores , y la entidad PROMOCIONES VERNA2001, S.L. declarados rebeldes; debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones formuladas, con imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales a excepción del plazo de resolución del recurso debido al número de asuntos pendientes que pesan sobre ésta Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO

Una vez examinada la totalidad de los detalles que confluyen en el procedimiento estimamos que es la ocasión de recordar la dificultad que supone contestar (sentencia) bien a una pregunta (demanda) hecha confusamente.

La demanda como el recurso han de ser desestimados por diversas razones que a continuación expresamos.

La postura de la actora, por exigencias legales, ha de ser clara y mantenida a lo largo del procedimiento. Sin embargo advertimos incoherencia y mutaciones, que se alzan como un primer motivo de rechazo. En efecto:

  1. En el F. de Derecho V de la Demanda, la actora razona que como concurren todos los requisitos de la acción reivindicatoria ejercita la acción meramente declarativa.

  2. La actora sostiene que la parte demandada posee la finca litigiosa. Sin embargo tan sólo pretende se declare su derecho de propiedad, y no, como en principio es congruente y conforme con la economía, que se le devuelva la posesión.

  3. No se alega ni se fija la muerte de la madre, presupuesto ineludible para que los hoy actores puedan pretender ser dueños de lo que fuera de su madre. En todo caso, si el testamento es de 1978 ésta tuvo que morir después. En base a esta elemental constatación no entendemos que en la alegación sexta del recurso se asevere que son propietarios desde hace más de 60 años.

  4. Ahora dicen, en el recurso, que nunca han sostenido que su finca estuviera enclavada en la de los demandados. Pero basta con analizar el doc. 9 de la demanda (f. 32 a 36), el Hecho Quinto de la Demanda (f 2) y el Hecho 7º in fine de la demanda para comprobar que sí viene sosteniendo tal postura:..."esta parte sostiene que la finca de mis mandantes se encuentra dentro de la que en el catastro aparece como de Dolores ". Recordamos que ésta es una de las codemandadas.

SEGUNDO

En el recurso, amén de impugnar la sentencia se hace especial hincapié en argumentar, mediante el manejo de documentos y de medidas de superficie, que los demandados no pueden ser propietarios de la...

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