SAP Segovia 136/2005, 28 de Junio de 2005

PonenteANDRES PALOMO DEL ARCO
ECLIES:APSG:2005:195
Número de Recurso216/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución136/2005
Fecha de Resolución28 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 136/ 2005

C I V I L

Recurso de apelación

Número 216 Año 2005

Ejecución Títulos Judiciales

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A Nº 4

En la Ciudad de Segovia, a veintiocho de junio de dos mil cinco.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte.; D. Ignacio Pando Echevarria y D. Gonzalo Criado del Rey Tremps, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de Dª Ana , mayor de edad, contra

D. Bruno , mayor de edad, contra D. Bruno , mayor de edad, con domicilio en San Ildefonso (Segovia), URBANIZACIÓN000 , nº NUM000 , piso NUM001 NUM002 ; sobre ejecución de títulos judiciales, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra el Auto dictado en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, el demandado, representado por la Procuradora Sra. De Frutos García y defendido por el Letrado Sr. Sánchez Montesinos y la demandante-apelada, representada por la Procuradora Sra. Pérez Muñoz y defendido por el Letrado Sr. Bernardo de Quirós , y con intervención de El Ministerio Fiscal y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Palomo del Arco.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Segovia, nº 4; con fecha veintitrés de febrero de dos mil cinco, fue dictado Auto que en su parte dispositiva literalmente dice: " SE DESESTIMALA OPOSICION formulada por la Procuradora Sra. De Frutos García, en nombre y representación de D. Bruno , y se declara procedente que la ejecución siga adelante. Se imponen a la parte ejecutada las costas causadas en la oposición.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de el demandado, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil , dándose traslado a la adversa y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado...

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