SAP Álava 231/2008, 17 de Junio de 2008

PonenteIÑIGO ELIZBURU AGUIRRE
ECLIES:APVI:2008:266
Número de Recurso618/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución231/2008
Fecha de Resolución17 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 231/08En el recurso de apelación civil rollo de Sala nº 618/07, procedente del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Incidente concursal nº 9/07, promovido por la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, dirigida y representada por

la Letrada de la Administración de la Seguridad Social, frente a la sentencia dictada en fecha

30.04.07. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Íñigo Elizburu Aguirre

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice:

" Que estimando la demanda planteada por la Administración concursal frente a la Tesorería General de la Seguridad, debo declarar y declaro:

  1. la nulidad de la diligencia de embargo de bienes inmuebles de fecha 2 de junio de 2005 dictada por la TGSS frente a TAMESA, S.A. y de la anotación de embargo letra B, causada a favor de la TGSS sobre la finca nº NUM000 inscrita en el Registro de la Propiedad nº 4 de Vitoria, al Tomo NUM001 , Libro NUM002 , cuya cancelación registral se acuerda.

  2. la nulidad de la diligencia de ampliación de embargo de bienes inmuebles de fecha 27 de octubre de 2006 dictada por la TGSS frente a TAMESA, S.A., así como de las providencias de apremio relativas a créditos contra la masa de las que trae causa y de la anotación de embargo letra D causada a favor de TGSS sobre la finca nº NUM000 , inscrita en el Registro de la Propiedad nº 4 de Vitoria, al Tomo NUM001 , Libro NUM003 , folio NUM002 , cuya cancelación registral también se acuerda.

No se efectúa especial pronunciamiento en materia de costas".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación de la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, recurso que se tuvo por interpuesto mediante providencia de fecha 25.06.07, dándose el correspondiente traslado a las demás partes por diez días para alegaciones, presentando Dª María Antonieta , D. Luis y D. Ángel Daniel , éste último en representación de OLAN, S.A., ADMINISTRADORES CONCURSALES, escrito de oposición, elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, mediante proveído de 28.11.07 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose, turnándose la Ponencia y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 07.02.08.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre en apelación, la Tesorería General de la Seguridad Social, pretendiendo que se declare la validez de la diligencia de ampliación de embargo de bienes inmuebles de fecha 27 de octubre de 2006 dictada por la misma frente a Tamesa, S.A. en relación únicamente con los créditos contra la masa atendiendo al periodo de liquidación de la deuda, la validez de las providencias de apremio relativas a créditos contra la masa de las que traen causa así como la validez, y por tanto su no cancelación registral, de la anotación de embargo letra D causada a su favor sobre la finca número NUM000 , inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Vitoria,...

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