SAP Alicante 417/2002, 12 de Noviembre de 2002
Ponente | JULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS |
ECLI | ES:APA:2002:4875 |
Número de Recurso | 163/2002 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 417/2002 |
Fecha de Resolución | 12 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª |
SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 417/02
Iltmos. Sres.:
JOSÉ MIRA CONESA
FAUSTINO DE URQUÍA GÓMEZ
JULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS
En Alicante a 12 de noviembre de 2002
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 283/02, de fecha 18-07-02, dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Alicante en su juicio oral nº 393/01, correspondiente al Procedimiento Abreviado nº 68/00 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Villajoyosa por delito de CIBA, habiendo actuado como parte apelante D. Rogelio , representado por el Procurador D. Jesús Sillero Olmedo y dirigido por el Letrado Dña. Mª Angeles Gutiérrez Lloret y como parte apelada el Ministerio Fiscal.
Son Hechos Probados de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "El acusado DON Rogelio mayor de edad y con antecedentes penales cancelables, sobre las 1'40 horas del día 10-11-1998, conducía el turismo Ford Escort F-....-UB , por la carretera C-3318 (Pego-Benidorm), término municipal de La Nucía habiendo ingerido bebidas alcohólicas que repercutían negativamente en su capacidad de reflejos. Sometido a la prueba de alcoholemia en un control preventivo dio como resultado 1'14 y 1'15 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, respectivamente. El turismo, al tiempo de los hechos carecía del seguro obligatorio de automóviles."; SE ACEPTA LA RELACIÓN DE HECHOS PROBADOS DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA.
El fallo de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a DON Rogelio , como autor de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y de una falta de carencia del seguro obligatorio, a la pena por el delito de multa de tres meses a razón de una cuota diaria de seis euros y privación del derecho a conducir vehículo a motor y ciclomotor por un año y un día, y por la falta a multa de un mes, con igual cuota diaria y pago de costas."
Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por las referidas partes apelantes, se interpuso el presente recurso alegando: error en la valoración de la prueba.
Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/s parte/s apelada/s y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la sentencia el día 12 de noviembre de 2002.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado las prescripciones legales procedentes.
VISTO, siendo ponente el Iltmo. Sr. D. JULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS.
Impugna el recurrente la sentencia de instancia al estimar que en el acto del juicio no se practicó prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado. El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas es un delito de peligro abstracto, que no consiste en la mera constatación de la presencia de un determinado grado de impregnación alcohólica sino en la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Por tanto, para su apreciación deberán constatarse dos datos objetivos: 1) La presencia de una determinada concentración alcohólica; 2) Que la misma influya de forma importante el la conducción. En este sentido se pronuncian las SSTC 148/85, 22/88, 5/89, 222/91, 24/99; ó las SSTS de 7 de julio de 1989, 22 de febrero de 1991, 23 de enero de 1993, 9 de...
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