SAP Valladolid 1098/1997, 15 de Diciembre de 1997

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
Número de Recurso1109/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1098/1997
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid

SENTENCIA Nº 1098/97

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JOSÉ MIÑAMBRES FLOREZ

D. FELICIANO TREBOLLE FERNÁNDEZ

D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN

En Valladolid a quince de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

La Audiencia Provincial de esta capital, ha visto, en grado de apelación sin celebración de vista pública el presente procedimiento penal, dimanante del Juzgado de lo Penal número tres de Valladolid, por delito de infracción de los derechos de autor, seguido contra Silvio , defendido por el Letrado D. Luis-Amador González Reche, y representado por el Procurador D. Mª. Rosario Alonso Zamorano, siendo partes, como apelante Silvio y como apelado, ASOCIACIÓN FONOGRÁFICA Y VIDEOGRÁFICA DE ESPAÑA (A.F. y V.E.), habiendo sido Ponente el Magistrado D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN.

PRIMERO

Antecedentes de hecho

  1. - El Juez de lo Penal número tres de Valladolid con fecha 16 de septiembre de 1.997, dictó una sentencia en el procedimiento de que dimana este recurso cuyo fundamento de hecho dice así:

    "ÚNICO.- El acusado, Silvio , mayor de edad y sin antecedentes penales, titular de la empresa "Mundimusic", dedicada al comercio y distribución al por mayor de cintas musi-cassettes, con intención de destinarlas a su venta a terceras personas, tenía almacenadas veintiuna mil seiscientas setenta y cuatro de dichas cintas, reproducidas sin autorización de los titulares de los respectivos derechos de propiedad intelectual, en dos locales, sitos en la calle Arca Real, 65, y en la calle Espanta, sin número. El material fonográfico citado - que fue incautado en tales locales en sendas diligencias de entrada y registro, judicialmente autorizadas, practicadas en fecha dieciocho de julio de mil novecientos noventa y cinco- tenía un valor en el mercado de cuarenta y tres millones trescientas cuarenta y ocho mil pesetas, produciendo lamencionada reproducción unos perjuicios a los titulares de los derechos de propiedad intelectual, integrados en la Asociación Fonográfica y Videográfica de España, de once millones setecientas tres mil novecientas sesenta pesetas".

  2. - La expresada sentencia estimó que los hechos probados eran constitutivos de un delito de infracción de los derechos de autor, y cuya parte dispositiva dice así:

    "Que debo condenar y condeno a Silvio , como autor responsable de un delito de infracción de los derechos de autor, precedentemente definido a las penas de un año de prisión menor, con las accesorias de suspensión de cargo público y derecho de sufragio e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el almacenaje, distribución y venta de todo tipo de material fonográfico durante la condena, y cuatrocientas mil pesetas de multa, con arresto sustitutorio en caso de impago por causa de insolvencia, a razón de un día por cada diez mil pesetas o fracción, así como el abono de las costas procesales. Deberá indemnizar, por vía de responsabilidad civil, a la Asociación Fonográfica y Videográfica de España con la cantidad de once millones setecientas tres mil novecientas setenta pesetas que devengará el interés legal, incrementado en dos puntos, desde la fecha de esta sentencia".

  3. - Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la Procuradora Dª. María-Rosario Alonso Zamorano en nombre y representación de D. Silvio , que fue admitido en...

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