SAP Burgos 534/1999, 22 de Septiembre de 1999
Ponente | RAMON IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE |
Número de Recurso | 202/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 534/1999 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Burgos |
SENTENCIA
En el Rollo de Apelación número 202 de 1.999, dimanante de Juicio Incidental no 398 de 1998,
sobre Modificación de Medidas Adoptadas en Separación Matrimonial, del Juzgado de Primera Instancia Nº uno de Burgos, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha cinco de Marzo de mil novecientos noventa y nueve , han comparecido, como demandante- apelante, Doña María del Pilar , domiciliada en Burgos, representada por la Procuradora Doña Elena Cobo de Guzman y defendida por el Letrado Don Mariano Martínez de Simón; como demandado apelado, Don Ángel , domiciliado en Burgos, representado por el Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner y defendido por el Letrado don Jose Luis García Larrouy
Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora doña Elena Cobo de Guzman Pisón en nombre y representación de María del Pilar contra Ángel , y, en su consecuencia, declarar no haber lugar a modificar las medidas acordadas en la Sentencia que decret6 la separación de ambos cónyuges e imponer las costas procesales a la actora por temeridad en la interposición de la demanda".
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Doña María del Pilar , se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, emplazándose a las partes y remitiéndose los autos a esta Audiencia.
Seguido el recurso por sus trámites se señaló para la celebración de la vista el día dieciséis del corriente mes a las once quince de su mañana, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes personadas, quienes informaron en apoyo de sus pretensiones.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan, en lo sustancial, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
Solicita la demandante, Dª María del Pilar , en el procedimiento del que dimana el presente rollo de apelación, que se señale a su favor pensión por desequilibrio económico, a cargo de su esposo, D. Ángel , por importe de 125.000 ptas. mensuales, por entender que se ha producido una modificación sustancial de las circunstancias tenidas en consideración en el procedimiento de separación matrimonial seguido con el nº 502/97, en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Burgos, que finalizó por sentencia de fecha 24 de abril de 1.997 , la cual fue parcialmente revocada por otra dictada por ésta Sección Segunda de la Audiencia Provincial...
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SAP Córdoba 169/2000, 5 de Junio de 2000
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