SAP Granada 416/2008, 26 de Septiembre de 2008

PonenteJOSE MALDONADO MARTINEZ
ECLIES:APGR:2008:1671
Número de Recurso255/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución416/2008
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 5ª

SENTENCIA N Ú M. 416

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

MAGISTRADOS

D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

D. ANTONIO MOLINA GARCIA

En la Ciudad de Granada, a veintiséis de septiembre de dos mil ocho.

La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo núm. 255/08 -los autos de Juicio Ordinario nº 1036/06 del Juzgado de 1ª Instancia nº Nueve de Granada, seguidos en virtud de demanda de D. José contra D. Juan María y CORREA Y SANCHEZ S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha veintiocho de noviembre de dos mil siete , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. José representado por el Procurador Dª Isabel Aguayo López contra D. Juan María representado por el Procurador Dª Carmen Luzón Tello debo condenar y condeno al demandado a abonar al demandante la suma de dos mil euros (2000€) más el interés mencionado en el fundamento segundo de esta resolución, todo ello sin imposición de costas debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad. Asimismo desestimando la demanda formulada por D. José contra Correa y Sánchez S.L. debo absolver y absuelvo a la mencionada demandada de la pretensión esgrimida en su contra. Todo ello sin expresa condena en costas asumiendo cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte codemandada Sr. Juan María , al que se opuso e impugnó la parte actora, una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con invocación de las normas generales de las obligaciones y contratos y la doctrina jurisprudencial sobre las arras del contrato de compraventa, la parte actora don José ejercita acción frente a los demandados Correa y Sánchez S.L. y don Juan María , a fin de que le devuelvan el duplo de la cantidad entregada como arras, al no poder cumplirse por culpa de los demandados el contrato de compraventa concertado y que tenia por objeto una vivienda sita en calle DIRECCION000 numero NUM000 de Peligros (Granada).

La demandada Correa y Sánchez S.L. se opuso a la demanda alegando que actuó como agente inmobiliario, al haber recibido encargo de vender la referida vivienda por parte de su propietario, el codemandado Sr. Juan María ; reconoce que concertó la venta con el actor y que se firmó el oportuno documento reserva en la que se hizo constar la cláusula de que llegado el día 10 de diciembre de 2.003 , fecha fijada para otorgar la escritura, si no se hacia efectiva la venta por causas imputables al comprador este perdería la suma entregada a cuenta y si era por parte del vendedor este devolvería el doble del dinero entregado. Y que la escritura no se firmó el día señalado porque el comprador no obtuvo financiación, por lo que entregó el dinero al vendedor.

Por su parte el codemandado Sr. Juan María también se opuso a la demanda alegando que encargo la venta del inmueble a la inmobiliaria codemandada, y que se le informó de que se había firmado un contrato, pero, llegado el día de otorgar la...

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