SAP Murcia 211/2006, 9 de Mayo de 2006
Ponente | MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS |
ECLI | ES:APMU:2006:1439 |
Número de Recurso | 25/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 211/2006 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 211
Ilmos. Sres.
Don José Manuel Nicolás Manzanares
Presidente
Don Miguel Ángel Larrosa Amante
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Magistrados
En la ciudad de Cartagena, a nueve de mayo de dos Mil Seis.
La Sección de Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de n. 35/05 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia de Cartagena de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante Marisol y Jaime , habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador Dª. Milagrosa González Conesa y dirigidos por el Letrado D. Juan García García y como apelada Dª. Verónica , representado por el Procurador D. Alicia Ros Hernández con la dirección del Letrado D. Pedro Sánchez Guillén.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Javier, en los referidos autos,tramitados con el núm. 35/05 , se dictó sentencia con fecha 15/06/05 , cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Martínez Martínez, en nombre y representación de Marisol y Jaime , contra Verónica y cónyuge, declaro no haber lugar al desahucio solicitado. Con condena en costas a la actora".
Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Y remitidos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación designandose Magistrado Ponente y se señaló día para la votación y fallo que tuvo lugar el día de la fecha .
En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas.
Contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, que desestimó la demanda sobre reclamación de rentas y desahucio, con expresa condena en costas al apelante. Se formula recurso de apelación por éste, por considerar que existe error en la valoración de la prueba y aplicación del derecho.
Por la parte apelada, se formuló oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.
Se alega por el apelante en el recurso, que puesto que la propia sentencia señala, que en la fecha de la presentación de la demanda habían recibos aún sin abonar, y que la citación a juicio determina el que se abonen los meses de enero a marzo, la conclusión, contrariamente a lo expresado en la sentencia, era de estimación total de la demanda o subsidiariamente la enervación, y en todo caso sin condena en costas a la actora.
Si bien es cierto que a la fecha de presentación de la...
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