SAP Huesca 215/2005, 21 de Septiembre de 2005
Ponente | ANTONIO ANGOS ULLATE |
ECLI | ES:APHU:2005:357 |
Número de Recurso | 52/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 215/2005 |
Fecha de Resolución | 21 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª |
Sentencia Apelación Civil Número 215
PRESIDENTE
D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA
MAGISTRADOS
D. ANTONIO ANGÓS ULLATE
D. JOSÉ LUIS OCHOA HORTELANO
En Huesca, a veintiuno de septiembre de dos mil cinco.
En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario número 102/2003 seguidos ante el juzgado de primera instancia de Boltaña , sobre reclamación de rentas arrendaticias. Paula los promovió, como demandante, dirigida por la letrada doña Cristina Marín Serra y sin representación procesal en esta segunda instancia, contra Simón , como demandado, defendido por la letrada doña Encarnación Tovar Lázaro y representado en esta alzada por la procuradora doña María Ángel Pisa Torner. Se hallan pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 52 del año 2005, e interpuesto por el demandado, Simón . Actúa como ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. ANTONIO ANGÓS ULLATE.
Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.
La juez del indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 21 de septiembre de 2004 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"FALLO
Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Recreo en nombre y representación deDña. Paula y contra D. Simón condeno a éste a que, una vez firme esta Sentencia, satisfaga a la actora la suma de seis mil ciento cuarenta y siete euros con cuarenta y seis céntimos (--6.147,46--) con los intereses del artículo 576 de la LEC y con expresa imposición de costas a la parte demandada".
Contra la anterior sentencia, el demandado, Simón , anunció recurso de apelación. El juzgado lo tuvo por preparado y emplazó al apelante por 20 días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en el indicado plazo mediante la presentación del oportuno escrito, en cuya súplica solicitó la desestimación de los pedimentos aducidos de adverso. A continuación, el juzgado dio traslado del recurso a las demás partes personadas para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serles desfavorable. En esa fase, la demandante, Paula , se opuso al recurso. Seguidamente, el juzgado remitió los autos a este tribunal, en donde quedaron registrados al número 52/2005. No habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el asunto quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, para todo lo cual señalamos el pasado día 15 de septiembre. En la tramitación de esta segunda instancia, no se han cumplido los plazos procesales por la atención prestada a otros asuntos pendientes ante este tribunal.
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