SAP Cáceres 65/2000, 24 de Febrero de 2000

PonenteJUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA
ECLIES:APCC:2000:177
Número de Recurso350/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución65/2000
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM.- 65/00

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA

MAGISTRADOS:

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA

DON JOSE ANTONIO BALLESTERO PASCUAL

-------------------------------------------------------------------------Rollo de Apelación núm.- 1/00=

Autos núm.- 350/99=

Juzgado de 1ª Instancia núm.- 2 de Cáceres=

===========================================

En la Ciudad de Cáceres a veinticuatro de febrero de dos mil.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio de Menor Cuantía núm.- 350/99, sobre reclamación de cantidad, del Juzgado de 1ª Instancia núm.- 2 de Cáceres, siendo parte apelante, el demandante J. J. OLLERO, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales Srª. Merino Rivero y defendido por el Letrado Sr. Crehuet Olivier. No compareciendo en esta alzada el demandado DON Narciso .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm.- 2 de Cáceres, en los Autos núm.- 350/99 con fecha 24 de noviembre de 1999, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Doña María Victoria Merino Rivero, en representación de la Entidad Mercantil "J. J. OLLERO, S.L.", contra DON Narciso , allanado a la demanda, debo de condenar y condeno al expresado demandado a que abone a la Entidad Actora, la cantidad de 5.301.659 pta., a que se contrae la demanda, más el interés legal de dicha suma desde la interpelación judicial, sin hacer expresa declaración de condena en costas.".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución y por la parte demandante, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos y elevados los autos a esta Audiencia Provincial previo los emplazamientos oportunos a las partes.

TERCERO

Recibidos por reparto los autos en esta Sección Primera en fecha 31 de diciembre de 1999, y personada únicamente la parte demandante, se formó Rollo de Sala, registrándose y turnándose la Ponencia y una vez transcurrido el plazo previsto en los art. 705 y 707 de la L.E.C., sin haberse solicitado el recibimiento del juicio a prueba se pasaron los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para su instrucción por el plazo de seis días.

CUARTO

Concluidos los trámites anteriores se señaló para la celebración de la vista el día 23 de febrero de 2000, a las 10,15 horas de su mañana, pasando mientras tanto los autos a las partes para instrucción por el plazo de cuatro días para cada uno, teniendo lugar la vista en la fecha indicada con la asistencia de las partes que informaron por su respectivo orden en apoyo de sus pretensiones. Así el Letrado de la parte apelante solicitó la revocación parcial de la sentencia, dictándose otra de acuerdo con sus pretensiones, que imponga las costas a la parte demandada; quedando los autos vistos para dictar la resolución procedente.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA .

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En el escrito inicial del procedimiento se promovió acción personal en reclamación de cantidad por impago de parte del precio convenido en un contrato de ejecución de obras, pretensión que fue estimada por la sentencia de instancia, si bien como el demandado se allanó a la demanda antes de la contestación, no se hizo especial pronunciamiento sobre las costas, y discrepando la sociedad actora, se alza el recurso de apelación alegando infracción del ...

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