SAP Barcelona 152/2005, 28 de Febrero de 2005

PonenteAMPARO RIERA FIOL
ECLIES:APB:2005:1495
Número de Recurso370/2004
Número de Resolución152/2005
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA N ú m. 152/2005

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PÉREZ

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de febrero de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Menor Cuantía nº 90/00, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 30 de Barcelona , a instancia de la empresa PRORAMCAR, S.L., representada por la Procurador Doña Silvia Zamora Batllori, contra Don Cosme y la empresa NOVAPRINT, S.A., representados por el Procurador Don Antonio de Anzizu Furest; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de enero de 2004, por el Sr. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procurador Sra. Zamora Batllori, en nombre y representación de la entidad PRORAMCAR, SL, contra la entidad NOVAPRINT, SA y D. Cosme , debo condenar y condeno a la citada entidad demandada NOVAPRINT, SA a abonar a la actora la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTAS NOVENTA Y SEIS (1.854.796) pesetas -11.147,55 euros- más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda rectora de autos; absolviendo a D. Cosme de los pedimentos contra el mismo deducidos en la demanda.

Todo ello con expresa imposición de las costas causadas en juicio a la entidad codemandada NOVAPRINT, SA, salvo las causadas por D. Cosme que serán de cargo de la actora"

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 16 de noviembre de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. AMPARO RIERA FIOL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada por el Juez de la primera instancia, que estima la acción de reclamación de cantidad ejercitada por la parte actora frente a la sociedad arrendataria, por el importe de las rentas impagadas hasta que la propiedad recuperó la posesión del local arrendado, y absuelve de...

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